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Vivienda podría cubrir hasta tres meses de renta

20 de julio de 2021
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A menos de dos semanas para que se venza la moratoria federal contra desahucios, el Departamento de la Vivienda de Puerto Rico anunció el comienzo del Programa de Asistencia para la Renta que ayudará a las personas que se vieron afectadas tras la pandemia y tienen atrasos de más de tres meses en el pago del alquiler de casa, del agua y luz.

Los costos elegibles para la asistencia incluyen:

  • renta vencida hasta 15 meses y a partir de abril del año 2020
  • renta corriente hasta diciembre de 2021, sin que el total de pagos exceda 15 meses de renta
  • gastos razonables por recargos debido a atrasos para los meses elegibles al pago de renta atrasada
  • gastos de electricidad y agua, corrientes y vencidos, a partir de abril 2020 y hasta 15 meses

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El gobernador interino de Puerto Rico, Omar Marrero Díaz, expresó que «es importante que las familias elegibles soliciten de inmediato, buscando la orientación que les ofrece el Departamento de la Vivienda».

El administrador de Vivienda Pública, Alejandro Salgado Colón, sostuvo que «son muchas las personas que aún no cuentan con ingresos suficientes para sobrellevar sus gastos debido al golpe económico que ha dejado la pandemia. Los fondos que hoy anunciamos, que nos llegan como una asignación federal, proveerán un apoyo a muchas familias que continúan luchando y trabajando por una mejor calidad de vida en estos tiempos».

La Administración de Vivienda Pública, bajo el Departamento de la Vivienda, será la encargada de administrar el programa y establecer la elegibilidad. El Departamento de Hacienda será el encargado de realizar los desembolsos.

¿Cómo solicitar?

Para solicitar la ayuda y obtener más información, las personas interesadas pueden acceder a la página de internet http://www.ayudaparaturenta.com.

Además, pueden comunicarse al 787 759 1888, de 8:00 a. m. a 8:00 p. m. de lunes a viernes, excepto días feriados.

Prioridades en la solicitud

Las personas con prioridad para solicitar al programa serán:

  • familias que hayan recibido desempleo en los 90 días anteriores a la solicitud
  • familias que tengan ingresos por debajo del 50% del ingreso medio del área
  • familias que no reciben otro subsidio federal de vivienda
  • familias que deben más de cinco meses de renta

Las personas residentes de viviendas alquiladas que cuenten con bajos ingresos o que estén desempleadas a consecuencia de la pandemia podrían contar con asistencia temporera para el pago de su renta y de otros servicios públicos.

Los arrendadores o propietarios también podrán registrar y referir a sus inquilinos, de entender que son elegibles para esta ayuda.

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