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Viuda de artista francés demandada recibirá cientos de miles de dólares luego de (mayormente) prevalecer en su contra demanda

14 de agosto de 2016
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Yvaral
Yvaral (Jean-Pierre Vasarely) – Foto: collectorebooks.com

Descarga el documento: Rojas-Buscaglia et al v. Taburno-Vasarhelyi

Michele Taburno Vasarely es la viuda de Jean Pierre Vasarely, artista francés del arte cinético conocido como Yvaral. Yvaral es hijo del aclamado artista francés Victor Vasarely, pionero del arte óptico. Taburno Vasarely es la hija francesa de un capitán de la Guardia Lieib, quien se radicó en Constantinopla y posteriormente en Francia luego de la guerra contra los Bolcheviques. Taburno Vasarely posee gran parte de las obras de Victor e Yvaral.

Luis Rojas Buscaglia demandó a Michele Taburno Vasarely en el Tribunal Federal para el Distrito de Puerto Rico, alegando incumplimiento de contrato y difamación entre otras cosas. Taburno Vasarely presentó una contra demanda alegando incumplimiento de contrato. La demandada también solicitó la devolución de varias obras, muebles y otros artículos que, según ella, están ilegalmente en posesión de Rojas Buscaglia.

Rojas Buscaglia se mudó a Francia en el 2000 para trabajar con Yvaral y con Taburno Vasarely. Yvaral murió en el 2002. Taburno Vasarely permaneció con Rojas Buscaglia y se mudó con él a Chicago en el 2004.

En el 2005 se separaron y Rojas Buscaglia regresó a Puerto Rico. En el 2009, éste demandó a Taburno Vasarely para la división de las obras que según él, poseían en común.

En el 2010, alcanzaron un acuerdo mediante el cual Rojas Buscaglia ganaría comisión por la venta de arte del cual Taburno Vasarely era dueña, y de ésta manera se dio por concluido el litigio.

Taburno Vasarely se mudó a Puerto Rico en el 2012. Rojas Buscaglia la ayudó con la mudanza de la colección de obras y antigüedades pero nuevamente tuvieron diferencias y surgió esta demanda.

Durante el transcurso del litigio, varias de las causas de acción se desestimaron pero las demás se ventilaron en un juicio que duró 19 días.

De conformidad con el contrato del 2010, Rojas Buscaglia creó Inart Corp. e Inart Services Inc., mediante las cuales vendería las obras de Taburno Vasarely a sus clientes. Las obras que vendería Rojas Buscaglia estaban en posesión de las corporaciones a consignación.

El contrato indicaba que Taburno Vasarely debía recibir la factura de compra por cada venta, así como el 80% del precio acordado con el cliente. Una vez recibiera el dinero, Taburno Vasarely remitiría al comprador un certificado de autenticidad de la obra. Cualquiera de las partes podía dar por terminada la relación contractual por justa causa o incumplimiento de contrato. Una vez terminado el contrato, Rojas Buscaglia debía depositar las obras en un almacén, y de no hacerlo en el plazo de 48 horas, debía pagar $1,000 por cada día en incumplimiento.

Según la apreciación del Tribunal de Distrito, las alegaciones del demandante en cuanto al supuesto incumplimiento de contrato por Taburno Vasarely no prosperaron porque las únicas ocasiones en las cuales se le pagó por debajo del 20% fue por acuerdo para unas obras que se vendieron en subasta.

El demandante tampoco prosperó en su reclamo de incumplimiento por el alto a unas ventas a través de un vendedor de arte porque Taburno Vasarely desconocía el acuerdo de comisión pactado entre Rojas Buscaglia y el vendedor. Taburno Vasarely estaba bajo la impresión que estos se dividían el 20% de comisión que correspondía a Rojas Buscaglia pero resultó que el vendedor devengaba una comisión de 15% del precio de venta final de cada obra. Por ello, Taburno Vasarely tenía derecho a detener las ventas con ese vendedor.

A Taburno Vasarely también se le imputó el no proveer a tiempo los certificados de autenticidad de obras vendidas. El Tribunal desestimó también esta acción porque la misma estaba sujeta a una condición. El Tribunal determinó que por el hecho de que en las ventas con el vendedor de arte se le pagó de menos a Taburno Vasarely, esta no estaba aún en la obligación de proveer los certificados. En última instancia, el Tribunal expresó que no había ningún daño que reclamar a base de ese alegado incumplimiento.

El Tribunal de Distrito también desestimó la causa de acción del demandante por difamación. La alegación se fundamentaba en que Taburno Vasarely supuestamente expresó a varias personas que Rojas Buscaglia se había apropiado ilegalmente de algunas obras. El demandante no probó que las expresiones de Taburno Vasarely fuesen falsas, ya que admitió haber tenido en su posesión 31 obras de la demandada y no pudo probar que tenía el permiso de ésta para ello.

Por otro lado, además de fallar esencialmente a favor de Taburno Vasarely en las determinaciones antes del juicio, el Tribunal de Distrito otorgó a la demandada $5,000 por las angustias mentales de esta causadas por el demandante.

Adicional a ello, el Tribunal de Distrito le condenó a Rojas Buscaglia a pagar sobre $400,000 por las ventas en las cuales se le pagó de menos a Taburno Vasarely por la venta de sus obras.

Sin embargo, el Tribunal también halló que Taburno Vasarely no presentó prueba suficiente para que ameritara concederle la devolución de todas las obras y antigüedades reclamadas. De todas las obras reclamadas, el Tribunal sólo le concedió que se le devolviese la obra «La Bergère».

Taburno Vasarely fue ordenada por el Tribunal a proveer los certificados de autenticidad de varias obras.

por el Lcdo. Cristian González

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