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Venganza pornográfica costará 3 años de prisión

05 de agosto de 2021
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El gobernador Pedro Pierluisi convirtió en ley el Proyecto de la Cámara 547, que crea la Ley contra la Venganza Pornográfica.

La ley tipifica como delito la divulgación y publicación de cualquier material explícito de carácter íntimo.

La medida llegó a La Fortaleza el 8 de julio de 2021.

La nueva ley es de la autoría de los representantes Ángel N. Matos GarcíaEddie Charbonier Chinea y Ángel R. Peña Ramírez.

Dispone, entre otras penalidades, que toda persona que, sin autorización de la víctima, a propósito o con conocimiento menoscabe la intimidad de esta, difunda, divulgue, revele o ceda a un tercero o terceros material explícito de la víctima, mediante cualquier tipo de comunicación, incluyendo comunicaciones electrónicas o utilizando medios de comunicación electrónica o cibernética, incurrirá en delito grave y será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de 3 años.

De mediar agravantes, la pena podrá ser aumentada hasta 5 años de reclusión.

De mediar atenuantes, la pena podrá ser reducida hasta un 1 año de reclusión.

La ley propuesta expone que las autoridades estatales y federales han observado un incremento en la modalidad de la conducta conocida como «sextorsión».

Esta conducta se realiza cuando una persona amenaza o extorsiona a otra con la divulgación o publicación de un material de contenido íntimo, privado o comprometedor. También se han visto casos de víctimas de la divulgación abusiva de material íntimo privado, tomado con el debido consentimiento, pero para el cual no existe autorización de divulgación.

Al presente, 48 estados, Washington D.C. y Guam han aprobado legislación a esos fines.

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