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Urgen reglamentación de multas en aeropuertos

28 de abril de 2021
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El profesor William Vázquez Irizarry urgió la reglamentación de las medidas administrativas que tome el Departamento de Salud de Puerto Rico para atender la pandemia por COVID-19.

El consejo surge luego que el Departamento de Salud presentó la Orden Administrativa 2021-449 —que entra en vigor hoy, 28 de abril de 2021— para establecer medidas y multas contra las personas que lleguen a Puerto Rico sin pruebas moleculares negativas a COVID-19.

Conoce más sobre las nuevas medidas.

Vázquez Irizarry, quien enseña en la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico, sostuvo que la reglamentación debe ir conforme a los requisitos de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme (LPAU) y que —de ser urgente la aplicación— la ley también permite la implementación de reglamentos de emergencia.

Para el profesor, la reglamentación mediante orden administrativa levanta una bandera roja.

«Puede parecer un formalismo, porque un reglamento tiene requisitos, conlleva participación, comentarios sobre el contenido… Pero tenemos que hacer lo propio», explicó el profesor universitario.

El reglamento de emergencia permite continuar con un proceso de comentarios de la comunidad, a la vez que se implementan las medidas establecidas.

¿Cuál es el proceso para un reglamento de emergencia?

La sección 2.13 de la LPAU establece cómo es que se establecerá un reglamento de emergencia que exigen vigencia sin previa publicación.

De acuerdo con la sección, la notificación de propuesta de reglamento, la participación ciudadana, las vistas públicas y la radicación del reglamento podrán obviarse cuando el gobernador de Puerto Rico certifique que, debido a una emergencia o a cualquier otra circunstancia que lo exija, los intereses públicos requieren que un reglamento o enmienda empiece a regir inmediatamente.

En todos estos casos, el reglamento o la enmienda, junto con la copia de la certificación del gobernador, serán radicados por el secretario que esté reglamentando.

Una vez radicado el reglamento, la agencia comenzará paralelamente la notificación de propuesta de reglamento, la participación ciudadana y las vistas públicas.

Entonces, determinará modificaciones o enmiendas al reglamento y las radicará en la oficina del secretario del Departamento de Estado.

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