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COLUMNA – Un breve vistazo a los orígenes de la jurisdicción suplementaria en el foro federal

29 de agosto de 2023
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Por el Lcdo. Orlandy Cabrera Valentín 

El Artículo III de la Constitución de Estados Unidos permite que las cortes federales atiendan y resuelvan «casos» y «controversias».

Sin embargo, debido a que estas cortes son de jurisdicción limitada, las controversias que surjan de dichos casos tienen que enmarcarse, estrictamente, dentro de los contornos de la Constitución o de una ley federal («arising under«).

De no ser así, y en ausencia de diversidad de ciudadanía, el tribunal carecerá de autoridad para ventilar el caso y dirimir la controversia planteada. En tal sentido, el único remedio disponible para las partes es acudir a los foros estatales de jurisdicción general. 

Durante varios años, desde la aprobación de la Constitución, esta era la norma. No obstante, en Osborn v. Bank of US, 22 U.S. 738 (1824), el entonces Juez Presidente de la Corte Suprema (SCOTUS), John Marshall, sentó las bases que cimentarían futuras excepciones. En particular, manifestó que, «cuando una controversia a la que la Constitución extiende el poder judicial [...], forma un ingrediente de la causa original, está en el poder del Congreso otorgar a los Tribunales de Circuito jurisdicción sobre esa causa, aunque otras controversias de hecho o de derecho puedan estar involucradas». Íd., pág. 824 (traducción suplida). A pesar de ello, no fue hasta 1990 que el Congreso tomó acción, y aprobó legislación concediéndole a las cortes autoridad para resolver controversias que surgieran fuera de la jurisdicción federal.

En el ínterin, los tribunales tuvieron que pavimentar caminos alternos que les permitiesen circunvalar la enumeración taxativa de aquellas controversias que podían atender. En contexto, fueron varios los motivos que incentivaron este curso de acción, pero los más destacados se circunscribieron a evitar inconsistencia entre dictámenes, y a fomentar la apertura a las cortes federales. De esta forma es que advinieron a la vida jurídica los conceptos de ancillary y pendent jurisdiction. Si bien, hoy día estos conceptos están englobados, o más bien, fueron reemplazados por el término de supplemental jurisdiction, según estatuido en el 28 U.S.C. sec. 1367, es importante conocer sus orígenes.  

Ancillary Jurisdiction 

La primera excepción jurisprudencial, a la jurisdicción limitada, llegó con la aparición del ancillary jurisdiction. Originalmente, SCOTUS la concibió para casos que envolvieran el ejercicio de jurisdicción federal sobre intereses propietarios. A manera de ilustración, en Freeman v. Howe, 65 U.S. 450 (1860), un alguacil federal embargó ciertos vagones de tren, en virtud de una orden judicial. No obstante, los acreedores de dichos vagones querían presentar una acción de restitución estatal, mediante un proceso independiente. Debido a que la acción de restitución era de naturaleza estatal, más no federal, y no existía diversidad de ciudadanía, los acreedores no tenían derecho a intervenir. Sin embargo, SCOTUS resolvió que sí, porque la acción de restitución estatal «no es una demanda nueva, sino [una] subordinada (ancillary) [...] al caso original». Íd., pág. 460 (traducción suplida). Tiempo más tarde, SCOTUS cristalizó a Freeman, al aclarar que ninguna controversia puede considerarse como ancillary, «a menos que esta tenga relación directa con la propiedad [...] bajo el control de la corte, en virtud del caso principal», sujeto a la jurisdicción federal. Fulton v. Hozier, 267 U.S. 276, 280 (1925) (traducción suplida).

Sorpresivamente, un año después, en Moore v. New York Cotton Exchange, 270 U.S. 593 (1926), SCOTUS—sin decirlo expresamente—expandió la conceptualización del ancillary jurisdiction. A través de dicha decisión, las cortes federales podían asumir autoridad sobre controversias estatales de terceros—adicionales a las federales planteadas en la demanda original—siempre que surgieran de un mismo núcleo de hechos operativos, independientemente de si existiesen intereses propietarios. El ejemplo por excelencia es cuando un demandado tiene que presentar una reconvención compulsoria, cuyos fundamentos se fundamentan en derecho estatal. En tales casos, la corte podía asumir jurisdicción sobre esa reconvención porque surge del mismo núcleo de hechos operativos que motivaron la demanda presentada bajo derecho federal. 

En este punto, es preciso destacar que el ancillary jurisdiction existía únicamente cuando, previamente, se había ejercido jurisdicción federal sobre la controversia principal. Véase, Kokkonen v. Guardian, 511 U.S. 375 (1994). Tomando como ejemplo la situación anterior, si hubiese habido un acuerdo transaccional en la demanda, el tribunal no hubiese podido atender ni resolver la reconvención. 

En esa línea, y como nota final, debemos mencionar a Owen v. Kroger, 437 U.S. 365 (1978). Aquí, SCOTUS se enfrentó—en el contexto de una demanda por diversidad de ciudadanía—a la pregunta de si existe ancillary jurisdiction contra un demandado no diverso en ciudadanía, cuando la causa de acción contra el demandado diverso en ciudadanía se desestima o se adjudica. El tribunal resolvió en la negativa, pero no limitó su ratio decidendi a lo anterior. Más bien, Owen razonó que un demandante no puede incluir a la demanda original a una persona no diversa porque permitir lo contrario derrotaría el requisito de completa diversidad. 

Pendent Jurisdiction 

Esta segunda excepción, es una pequeña variante del ancillary jurisdiction. Si bien, ambas excepciones permiten asumir jurisdicción sobre controversias—que de otro modo no pudiesen ingresar a la esfera federal, el pendent jurisdiction se utilizó para permitir que controversias estatales, plasmadas en la demanda original, pudiesen resolverse en conjunto con las controversias federales. Un dato interesante es que, en Siler v. Louisville, 213 U.S. 175 (1909), SCOTUS opinó que un tribunal puede resolver la controversia estatal, sin tener que decidir la controversia federal. De hecho, en Schmidt v. Oakland, 457 U.S. 594 (1982), se dispuso que el tribunal, antes de dirimir los méritos de la controversia federal, tiene que resolver primero la controversia estatal.

Nótese sub silento que, para que exista pendent jurisdiction, aplica la normativa de Moore, de que las controversias sujetas a este tipo de jurisdicción, tienen que surgir de un mismo núcleo operativo de hechos. Por ejemplo, el caso seminal sobre este aspecto es Hurn v. Oursler, 289 U.S. 238 (1933). En ese caso, el demandante alegó infracción a los derechos de autor sobre una cierta Obra Teatral A. En tal sentido, invocó causas de acción federales y estatales en la misma demanda. Adicionalmente, el demandante presentó una causa estatal por el uso inapropiado de cierta Obra Teatral B, no sujeta a los derechos de autor

SCOTUS expresó que la causa de acción estatal, en relación con la Obra Teatral A, podía dilucidarse porque surgía «inseparablemente de un daño estatutario», según alegado en la causa de acción federal (infracción a los derechos de autor). Siendo ello así, Hurn dio a entender que una corte federal puede resolver controversias de derecho estatal, siempre que surjan de una causa de acción separada, pero paralela a la federal. En consecuencia, SCOTUS dispuso que la controversia estatal, en torno a la Obra Teatral B, no podía dirimirse porque—a pesar de ser una separada—esta no era paralela a la causa de acción federal (infracción a los derechos de autor). 

La armonización de Moore (mismo núcleo de hechos operativos) y Hurn (causa de acción separada, pero paralela)—quedó plasmada en United Mines v. Gibbs, 383 U.S. 715 (1966). Allí, SCOTUS indicó que «pendent jurisdiction [...] exists whenever there is a claim ‘arising under (the) Constitution, the Laws of the United States [...] and the relationship between that claim and the state claim permits the conclusion that the entire action before the court comprises but one constitutional case’,» Íd., pág. 725. Por consiguiente, sostuvo que "the state and federal claims must derive from a common nucleus of operative fact." Íd.

Consideraciones finales

Según anticipamos, ancillary jurisdiction y pendent jurisdiction son conceptos similares, pero distinguibles. El ancillary jurisdiction se utilizó para ejercer jurisdicción sobre partes adicionales (e.g. terceros demandados), o reclamaciones-estatales en reconvenciones compulsorias y/o demandas contra-copartes. Su existencia se justificó para evitar que—una parte traída involuntariamente al foro federal, y que tuviese reclamaciones estatales contra los demás—tuviese que presentar forzadamente dichos reclamos en el foro estatal. 

Por su parte, el pendent jurisdiction se empleó para asumir jurisdicción sobre reclamaciones estatales del demandante incluidas en la demanda original. Su utilidad se percibió como una «necesidad funcional» del sistema judicial federal. Ello, porque si el demandante viniese obligado a separar su causa de acción estatal de la federal, tendría que presentar dos casos, bajo los mismos hechos, en foros distintos. Entonces, en ausencia del pendent jurisdiction, ese demandante hubiera preferido litigar su caso, incluyendo las controversias federales, en la corte estatal. 

Ahora bien, con la aprobación el Judicial Improvements Act of 1990, se introdujo la terminología de supplemental jurisdiction. En síntesis, tal concepto unificó la naturaleza del ancillary jurisdiction y pendent jurisdiction, y su jurisprudencia interpretativa. Tal unificación residió en que el ancillary y pendent jurisdiction eran términos confusos, y que producían resultados inconsistentes. Véase, por ejemplo: Dumansky v. United States, 486 F. Supp. 1078, 1083 (D.N.J. 1980)the existence of ‘principled differences’ between these doctrines is dubious at best; and when courts invoke the doctrines, confusion generally prevails.»). 

No obstante, con la legislación de la jurisdicción suplementaria, dicha confusión quedó superada. Actualmente, el 28 U.S.C. sec. 1367 establece—en lo pertinente a esta discusión—lo siguiente: 

  1. [E]n cualquier acción civil[,] sobre la cual las cortes de distrito tengan jurisdicción original, [estas] tendrán jurisdicción suplementaria sobre todos los demás reclamos que estén tan relacionados con reclamos en la acción dentro de dicha jurisdicción original que formen parte del mismo caso o controversia bajo el Artículo III de la Constitución [...]. Dicha jurisdicción suplementaria incluirá reclamaciones que impliquen la unión o intervención de partes adicionales.
  2. En cualquier acción civil[,] en la cual las cortes de distrito tengan jurisdicción original fundada [...] en [diversidad de ciudadanía], [estas] no tendrán jurisdicción suplementaria bajo la subsección (a) sobre reclamos de demandantes contra personas consideradas como terceros-demandados, partes indispensables, o sobre reclamaciones de personas [...] que buscan intervenir como demandantes [cuando] al ejercer jurisdicción suplementaria sobre tales reclamaciones[,] sería incompatible con los requisitos jurisdiccionales de [diversidad de ciudadanía].

A pesar de que estas subsecciones, y otras no mencionadas aquí, ejemplifican los conceptos anteriormente analizados, también proveen contexto para un análisis adicional que podríamos examinar en una futura columna.

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