» El futuro de la investigación legal está aquí OK

Te explicamos el caso contra Bad Bunny por uso de mural en video musical

07 de junio de 2022
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Por el Lcdo. Alexiomar Rodríguez

El pasado 1 de febrero de 2022, los artistas Pedro E. Torres Román, Mario Resende González y Antonio Moll (Demandantes), presentaron una demanda enmendada contra Benito Antonio Martínez Ocasio, mejor conocido como Bad Bunny y su disquera, Rimas Entertainment, LLC, entre otros (Demandados), por alegada infracción de copyright en el Tribunal Federal para el distrito de Puerto Rico.

En la demanda se alega que los Demandados usaron sin permiso y a sabiendas el mural "Buenos días Canals" en el video «Ser Bichote» en 2018. En la demanda se subraya que el mural era pieza focal del material audiovisual y que el video consiguió 9.2 millones de reproducciones en YouTube en menos de 3 meses.

¿Los murales son protegibles por copyright?

La ley de copyright protege obras creativas y originales que están en un medio tangible de expresión. Además de proteger composiciones musicales, grabaciones de sonidos, y material audiovisual, el copyright protege los murales (street art) de forma automática. Así lo resolvió el Tribunal Federal de Apelaciones para el Segundo Circuito en Castillo v. G&M Realty L.P (2020).

Entre los derechos exclusivos de los dueños del copyright están evitar que otra persona (1) copie o reproduzca el material protegido; (2) haga trabajos derivados; y (3) distribuya la obra, entre otros.

Cada uno de estos derechos, individual o colectivamente, puede ser objeto de acuerdos y licencias. Y eso es lo que precisamente se alega aquí: que los Demandados no pidieron permiso a los Demandantes para utilizar el mural en el video musical.

¿Qué son los derechos morales?

 Además de la reclamación por copyright, los Demandantes invocaron la Ley de Derechos Morales de Autor de Puerto Rico, Ley Núm. 55-2012, que reconoce una serie de derechos personalísimos exclusivos a los autores de una obra. Entre los derechos morales se encuentran los derechos de atribución e integridad.

En la demanda se alega que los Demandados no proporcionaron la atribución adecuada a los Demandantes y empañaron la integridad, el honor y la reputación de los Demandantes mediante el uso no autorizado y distorsionado del mural.

Los Demandantes hicieron el mural para aportar a la revitalización económica y social de Santurce, mientras que la letra del video en cuestión aplaude y promueve tener un estilo de vida violento y de drogas. Según la demanda, lo que antes se conocía como un mural hecho por artistas locales se convirtió en el mural de "Ser Bichote".

Al igual que el derecho de copyright, los derechos morales nacen de forma automática cuando la obra se plasma en un medio tangible de expresión.

¿Cuál es el argumento contrario?

 En casos como estos, los demandados tienden a hacer una distinción importante entre el arte adherido al exterior de una estructura (el mural) y la estructura misma (obra arquitectónica).

Y es que bajo la Ley de Protección de Obras Arquitectónicas, el propietario de un edificio no puede impedir que otras personas incluyan el edificio en representaciones pictóricas, y las moneticen. Lo anterior, siempre y cuando no implique una relación de asociación o endoso. Vease, Rock and Roll Hall of Fame and Museum v. Gentile Productions, 134 F.3d 749 (6th Cir. 1998).

Lección

No es la primera vez que se presenta este tipo de reclamo en Puerto Rico. En 2016, el colectivo Santurce es Ley reclamó que Alexandra Lúgaro utilizó imágenes y videos de los murales sin autorización de los artistas. Lúgaro removió el video.

Por lo tanto, si tu cliente quiere usar un mural protegido por derechos de autor en algún material audiovisual, procura pedir permiso antes a los artistas. Hoy día es fácil conseguir a los creativos en las plataformas de redes sociales mediante el uso de hashtags, identificando la firma del artista, o subiendo la foto del mural al motor de búsqueda de Google.

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