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Suspenso ante los 60 días para que advenga final sentencia sobre Ley Notarial

14 de julio de 2022
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Para atender reclamos relacionados con el término de 60 días para que la sentencia que declara inconstitucional y nulo el Artículo 86 de la Ley 52 advenga final y firme, la presidenta del Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico, Daisy Calcaño López, expresó que resultaron infructuosas las gestiones que realizaron con el Departamento de Justicia.

Lee aquí el comunicado del CAAPR

«En el día de ayer, la Oficina de Inspección de Notarías emitió un comunicado en torno a este asunto. De dicho comunicado, se desprende la interpretación de la ODIN de que los notarios y las notarias deben cumplir con el Art. 86 de la Ley 52 hasta tanto la sentencia no advenga final y firme», añadió la licenciada a través de un comunicado.

Lee aquí el comunicado de la ODIN

Asimismo, Calcaño López resaltó que el CAAPR se comunicó con Departamento de Hacienda en la mañana de hoy.  La licenciada indicó que Hacienda les informó que prontamente estaría emitiendo el Boletín Informativo sobre dicha sentencia. «El mismo tiene como propósito atender el alcance y efecto de la sentencia emitida», agregó.

«A tenor con lo anterior, y dado que el Departamento de Hacienda emitirá el Boletín Informativo, estaremos pendientes de dicho comunicado, que debe atender las inquietudes que han surgido en torno al término de sesenta (60) días según las Reglas de Procedimiento Civil, cuando una de las partes es el Estado, así como los requisitos del Artículo 86 de la Ley 52-2022, mientras no sea final y firme el dictamen», puntualizó.

El pasado martes, 12 de julio, el juez Alfonso Martínez Piovanetti emitió una sentencia en la que declaró inconstitucional y nulo el Artículo 86 de la Ley 52-2022 y la enmienda del Artículo 11 a la Ley Notarial, que requería a los notarios y notarias incluir en la planilla informativa sobre segregación, agrupación o traslado de bienes inmuebles una tasación, un plano de mensura y un estudio de título.

Ante la sentencia del Tribunal de Primera Instancia, el secretario de Justicia Domingo Emmanuelli Hernández sostuvo que la decisión del juez Martínez Piovanetti «acoge los argumentos jurídicos que presentó el Departamento de Justicia» por lo que el asunto concluyó «de manera final y firme».

Lee aquí la sentencia

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