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Supremo Federal reconoce protecciones en el empleo a trabajadores LGBTIQ

15 de junio de 2020
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El Tribunal Supremo de Estados Unidos resolvió en una decisión de 6 a 3 que el Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964 protege a los trabajadores LGBTIQ+ de la discriminación en el lugar de trabajo.

El Supremo Federal decidió que las protecciones del Título VII en la categoría protegida de sexo incluye la orientación sexual y la identidad de género como categorías protegidas del discrimen en el empleo.

Descargue la decisión aquí

Aunque Puerto Rico ya contaba con la Ley Número 29 de 2013 —que prohíbe el discrimen por orientación sexual e identidad de género en el empleo— el profesor de derecho laboral de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico, Jaime Sanabria, explicó a Microjuris.com que la decisión del Tribunal Supremo Federal plantea la necesidad de revisar la legislación local relacionada al trabajo para atemperarla al dictamen.

Para el profesor de derecho laboral, la Asamblea Legislativa tendrá que revisar tanto la legislación vigente como el Código Civil recién aprobado para evitar argumentos sobre inconstitucionalidad en las leyes.

Sanabria, que celebró el dictamen porque amplía los derechos civiles de la comunidad LGBTIQ+, también señaló que la decisión del Supremo Federal le permitirá a la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo de los Estados Unidos (EEOC, por sus siglas en inglés) investigar las denuncias de discrimen por orientación sexual o identidad de género en las compañías privadas y las agencias públicas de Puerto Rico.

El director ejecutivo del Consejo Asesor de Asuntos LGBT de la Fortaleza, Alberto J. Valentín, explicó que la decisión del Tribunal Supremo podría revertir la prohibición ejecutiva para que personas trans puedan unirse a las fuerzas armadas estadounidenses.

«El Army es una agencia pública. Es la agencia más grande de Estados Unidos. La decisión ejecutiva de negarle acceso a trabajo a personas trans violenta la nueva decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos porque le niegas acceso a trabajo por su identidad de género», señaló Valentín a Microjuris.com.

El director ejecutivo también señaló que «el Army no está exento de la aplicabilidad y cumplimiento de la Ley de Derechos Civiles (1964). El Army tiene un Equal Opportunity Office, y nadie puede ser discriminado por sexo, raza o origen».

Resumen de la opinión

La decisión está firmada por el juez Neil Gorsuch. Se le unen el juez presidente, John Roberts, las juezas Ruth Bader Ginsburg, Sonia Sotomayor, Elena Kagan y el juez Stephen Breyer.

«Today, we must decide whether an employer can fire someone simply for being homosexual or transgender. The answer is clear. An employer who fires an individual for being homosexual or transgender fires that person for traits or actions it would not have questioned in members of a different sex. Sex plays a necessary and undisguisable role in the decision, exactly what Title VII forbids».

El juez Samuel Alito publicó una opinión disidente a la que se unió el juez Clarence Thomas. El juez Brett Kavanaugh publicó una segunda opinión disidente.

La opinión disidente de Alito plantea que la opinión mayoritaria intenta hacer pasar su decisión como el producto inevitable de la escuela textualista.

«El argumento de la Corte no solo es arrogante, sino que está equivocado. Fracasa en sus propios términos. ‘Sexo’, ‘orientación sexual’ e ‘identidad de género’ son conceptos diferentes, como lo reconoce la Corte. Ni la ‘orientación sexual’ ni la ‘identidad de género’ están ligadas a ninguno de los dos sexos biológicos», señaló Alito.

«The Court attempts to pass off its decision as the inevitable product of the textualist school of statutory interpretation championed by our late colleague Justice Scalia, but no one should be fooled. The Court’s opinion is like a pirate ship. It sails under a textualist flag, but what it actually represents is a theory of statutory interpretation that Justice Scalia excoriated––the theory that courts should «update» old statutes so that they better reflect the current values of society».

Por otra parte, el juez Kavanaugh señaló que «cuando el Congreso quiere diferenciar la discriminación por orientación sexual del discrimen por sexo, el Congreso se ha referido explícitamente a la discriminación por orientación sexual».

«I have the greatest, and unyielding, respect for my colleagues and for their good faith. But when this Court usurps the role of Congress, as it does today, the public understandably becomes confused about who the policymakers really are in our system of separated powers, and inevitably becomes cynical about the oft-repeated aspiration that judges base their decisions on law rather than on personal preference. The best way for judges to demonstrate that we are deciding cases based on the ordinary meaning of the law is to walk the walk, even in the hard cases when we might prefer a different policy outcome».

La decisión en Bostock v. Clayton County, Georgia surge de tres casos que llegaron a la corte y se argumentaron en octubre.

El Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964 ya prohibía la discriminación en el empleo por motivos de raza, religión, origen nacional y sexo.

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