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Supremo concluye que es inconstitucional admitir un certificado forense sin la comparecencia en juicio del analista que lo produjo

13 de junio de 2012
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Partes: El Pueblo de Puerto Rico, Recurrido v. Ángel Santos Santos, Peticionario

Este caso trata sobre el Derecho de Confrontación y la doctrina de error constitucional no perjudicial.

«Nos corresponde evaluar nuevamente el alcance del derecho de todo acusado criminal a confrontar a los testigos que declaran en su contra, recogido en la Enmienda Sexta de la Constitución de los Estados Unidos y en la Sección 11 de la Carta de Derechos de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Específicamente, debemos resolver, a raíz de la normativa establecida por la Corte Suprema de los Estados Unidos en el paradigmático caso Crawford v. Washington, 541 U.S. 36 (2004), y su progenie, así como por lo resuelto por este Tribunal en Pueblo v. Guerrido López, 179 D.P.R. 950 (2010), si para satisfacer las exigencias impuestas por la cláusula de confrontación es suficiente que el acusado tenga oportunidad de contrainterrogar en corte a un perito que testifica en sustitución del químico que preparó el informe de análisis que se admite como evidencia en su contra.»

«Por los fundamentos expuestos anteriormente, concluimos que el Tribunal de Primera Instancia violó el derecho constitucional a la confrontación del señor Santos Santos al admitir en su contra el Certificado de Informe Químico Forense sin la comparecencia en juicio del analista que lo produjo. Ante las circunstancias particulares de este caso, el Ministerio Público no logró probar más allá de duda razonable la culpabilidad del peticionario, por lo cual revocamos la sentencia recurrida y decretamos la absolución del señor Santos Santos. »

Lea el documento completo: [2012TSPR95]

El abogado de la Parte Peticionaria es el Lcdo. Elmer Rodríguez Rodríguez, de la Sociedad Para Asistencia Legal, División de Apelaciones. De la  Oficina del Procurador General la Lcda. Irene Zoroeta Kodesh, Procuradora General, y la Lcda. Zaira Girón Anadón, Subprocuradora General.

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