Soy un ministro eclesiástico que recibo compensación por mis servicios, ¿debo tributar estos ingresos?

27 de marzo de 2023
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Todo ingreso recibido por servicios prestados a una entidad religiosa o laica está sujeto a tributación, a menos que esté específicamente excluido por ley, según el Departamento de Hacienda.

Recibo un salario de mi iglesia, ¿está el pago de salarios sujeto a retención en el origen?

No. La remuneración por concepto de salarios pagada a una persona debidamente ordenada, comisionada o autorizada al ejercicio de su ministerio en el cumplimiento de los deberes requeridos por su iglesia no está sujeta a este tipo de retención.

No obstante, usted tiene la obligación de cumplir con los requisitos en cuanto a Declaración de Contribución Estimada con respecto a dicho pago y a informar dicho salario en su planilla de contribución sobre ingresos.

Cada organización religiosa estipula cómo ordenar, comisionar o autorizar a una persona los requisitos que se deben cumplir para poder ejercer como tal.

¿Qué formulario o comprobante de ingresos debo acompañar con mi planilla de contribución sobre ingresos?

Usted deberá incluir con su planilla un Comprobante de Retención, Formulario 499R-2/W-2PR, si usted es considerado un empleado de la organización a la cual pertenece.

Soy un ministro eclesiástico que recibe una concesión por renta, ¿puedo excluir este ingreso de mi planilla?

Una persona debidamente ordenada puede excluir de su ingreso bruto la concesión de renta pagada a él como compensación, mientras la utilice para el pago de su renta o para proveerse un hogar, así como la concesión para cubrir los gastos de agua, luz, teléfono y gas.

Aunque tengo casa propia, la iglesia me asigna una concesión por renta, ¿la puedo excluir de mi ingreso tributable?

Para que dicha cantidad sea excluible debe ser utilizada para proveerse una vivienda. Si la persona ya posee una vivienda y no utiliza la concesión para estos fines, dicha partida es tributable.

Recientemente compré una casa, ¿puedo excluir de mi ingreso el pago de la hipoteca como una concesión por renta?

En aquellos casos en la persona tiene asignada una concesión por renta y éste la utiliza para el pago de la hipoteca de su residencia, podrá tomar la exclusión hasta el límite del justo valor en el mercado de la renta.  No obstante, no podrá reclamar en su planilla la deducción de intereses hipotecarios y la contribución sobre la propiedad.

Soy un ministro retirado o retirada, ¿puedo excluir del ingreso la concesión por renta que recibo de mi iglesia?

No, ya que usted es un miembro retirado del clérigo que no ejerce sus funciones.

Soy viuda o viudo, ¿puedo excluir mi ingreso?

No, ya que este privilegio está dirigido a una persona debidamente ordenado que esté ejerciendo sus funciones como tal.

¿Cómo sé si la iglesia me está pagando una concesión por renta como parte de mi compensación?

La concesión por renta es una cantidad oficialmente designada por la organización para la cual usted presta servicios. Por lo general, se indica en el contrato de empleo, en las minutas, resoluciones u otro instrumento oficial, como lo es el presupuesto de la organización. La misma tiene que ser designada antes de que sea pagada.

¿Quién tributa las ofrendas que se reciben por realizar matrimonios, bautismos, quinceañeros y funerales?

Si la ofrenda se efectúa a la institución religiosa, la misma no es tributable. Por el contrario, si dicha ofrenda se le da directamente a la persona como una compensación por los servicios prestados, se convierte en ingreso tributable para éste.

Si tienes dudas adicionales, puedes consultar aquí 

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