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Sobre la ética y la competencia en búsquedas de datos personales de jurados a través de la Internet

21 de febrero de 2018
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Hoy día, simplemente con ingresar el nombre de una persona en un motor de búsqueda en línea, se puede generar una gran cantidad de información. Se puede saber rápidamente si es propietario de una vivienda, si está registrado para votar, si ha tenido casos civiles o penales recientes en su contra, o incluso saber su historial laboral y su posible salario. Aunque tales datos pueden ayudar a los abogados a interpretar mejor cómo una persona puede reaccionar o comportarse durante el juicio con jurado y durante la deliberación, las redes sociales a menudo ofrecen una inmersión mucho más profunda en quién es quién en el jurado».

Las redes sociales se han convertido en parte importante de la cotidianidad de la mayoría de las personas. Por ello, se han convertido además en una herramienta importante de información al alcance de todo aquel que tenga la facilidad de una computadora y conexión a la red. Para los abogados, esto facilita muchas de las tareas que usualmente requerirían una investigación e implicarían la contratación de detectives y capacidad de movilidad, como por ejemplo la búsqueda de información sobre jurados asignados a los casos. La pregunta importante es, ¿cuáles son las implicaciones éticas de utilizar las redes sociales para investigar personas como parte de la preparación para un caso?

Según el abogado Mark C. Palmer, columnista de Attorney at Work, si bien el proceso de juramento de un voir dire puede variar conforme a la jurisdicción e incluso la sala del tribunal, a menudo el mismo consiste en un tiempo limitado o la oportunidad de examinar el venire. La confianza en las empresas de consultoría de jurados es un testimonio de esto en el inicio de muchos ensayos importantes.

La American Bar Association (ABA) emitió una opinión formal sobre el asunto donde indica que la revisión pasiva de la información de un jurado a través de medios electrónicos que está disponible sin necesidad de enviar una solicitud de acceso, no viola la Regla Modelo 3.5(b), relacionada al contacto de los abogados con la parte contraria en un litigio.

«En el mundo fuera de Internet, un abogado u otra persona actuando en su representación, no estaría cometiendo contacto impropio ex parte con un posible miembro del jurado si estuviese conduciendo por la calle donde vive este jurado prospecto o para observar los alrededores con el fin de obtener información públicamente disponible que pueda informar las decisiones de selección del jurado del abogado. El mero acto de observar lo que está abierto al público no constituirá un acto comunicativo que viole la Regla 3.5 (b)», indica la regla.

No obstante, no siempre es tan simple. La distinción se produce cuando quien investiga inicia sesión o toma algún paso de identificación afirmativa antes de acceder a la información.

Por ejemplo, se puede acceder a los perfiles de los usuarios en la red social de profesionales, LinkedIn, desde un motor de búsqueda y directamente en su página de Internet. Sin embargo, una persona debe iniciar sesión antes de poder ver el perfil completo de algún usuario. Al hacerlo, los usuarios de las cuentas a las que acceda sabrán quién vio su perfil y cuándo. Del mismo modo, Twitter envía una notificación al titular de la cuenta cuando una nueva persona comienza a «seguirle». Este método «semi-público» sigue siendo aceptable según la Opinión 466 de la ABA, pero muchos difieren.

La Opinión Formal 2012-2 del Colegio de Abogados de la Ciudad de Nueva York dispone que no es aceptable ningún tipo de comunicación con posibles miembros del jurado, incluso si se hace inadvertidamente o sin saberlo. El hacerlo puede provocar que aunque no llegue al nivel de engaño, entre en conflicto con las Reglas Modelo de Conducta Profesional. Por lo tanto, corresponde a los abogados seguir siendo competentes con la tecnología y sus procesos.

La entidad ha enfatizado sobre la magnitud del problema y los posibles daños: Si un miembro del jurado se entera de los esfuerzos de un abogado para ver los perfiles del jurado en la Internet, el contacto puede consistir en una comunicación inadmisible, ya que podría influir en la conducta del jurado con respecto al juicio.

Por otro lado, otro aspecto que se debe considerar es el de la competencia. La ABA aprobó una actualización a las Reglas Modelo de Conducta Profesional que requiere que los abogados mantengan la competencia no sólo en la práctica del Derecho sino en la tecnología. Al momento, cerca de 28 estados han adoptado una responsabilidad de mantenerse al día con la tecnología.

Según Palmer, la capacidad de realizar investigaciones en el proceso de selección de jurados utilizando canales tecnológicos modernos puede ser razonablemente necesaria, ya que el Comentario 8 a la Regla 1.1 indica que los abogados tienen la responsabilidad de mantenerse al día con los cambios en la ley y su práctica, así como con los beneficios y riesgos asociados con la tecnología pertinente.

 

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