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Se extiende vigencia de Autoridad a cargo del redesarrollo de antigua Estación Naval Roosevelt Roads

23 de septiembre de 2014
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Enmienda la Ley de la Autoridad para el Redesarrollo de los Terrenos y Facilidades de la Estación Naval Roosevelt Roads. Extiende su vigencia por un plazo adicional de 30 años hasta que la Autoridad cumpla con los compromisos asumidos con Departamento de la Marina de los Estados Unidos.

El proyecto para el redesarrollo de los terrenos de la Antigua Base Naval de Roosevelt Roads es considerado como una de las iniciativas de desarrollo económico sustentable de mayor envergadura en el país. Dicho proyecto, el cual comprende los predios que ocupó la Antigua Base Naval de Roosevelt Roads y que cuenta con aproximadamente 8,720 acres de terrenos de alto valor económico, natural, histórico y cultural, tendrá un impacto positivo en la economía de Puerto Rico al generar inversión y crear empleos. Precisamente, ya se ha experimentado actividad económica en la región como consecuencia de la firma de algunos acuerdos para el desarrollo de proyectos fílmicos, y como consecuencia de la ocupación en alquiler de algunos de los predios de la Base Naval. A la luz de ello, es un hecho indiscutible que el redesarrollo de los terrenos de Roosevelt Roads constituye parte importante de las estrategias económicas del Gobierno y redundará en grandes beneficios para Puerto Rico, razón por la cual estamos comprometidos con darle continuidad y brindarle los recursos necesarios para que se concluya exitosamente.

No obstante, el Artículo 6 de la Ley 508-2004 dispone que la Autoridad tenga una vigencia como corporación pública por un periodo de diez (10) años a partir de la aprobación de la Ley; a saber, hasta septiembre de 2014. Evidentemente lo que resta de dicho término no es suficiente para que la Autoridad pueda implementar su Plan de Desarrollo y dar inicio a los diversos proyectos que están contemplados en el Suplemento al Plan de Reuso de 2010. Tampoco es suficiente para cumplir con los acuerdos suscritos con el Departamento de la Marina de los Estados Unidos los cuales, según expuesto anteriormente, tienen una vigencia hasta el 2044.

En vista de ello, y dado que la Autoridad ha desempeñado un papel fundamental en el redesarrollo de los terrenos, entendemos preciso extender su vigencia como corporación pública por un periodo adicional de treinta (30) años o hasta que la Autoridad cumpla con los acuerdos suscritos con el Departamento de la Marina de los Estados Unidos. Nótese que la propia Ley 508-2004 reconoce tal posibilidad al incorporar una disposición que faculta a la Autoridad para recomendar a la Asamblea Legislativa la necesidad de extender su vigencia más allá del término de diez (10) años.

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