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Se extiende por 30 días término para pagar multas adeudadas en colecturías

14 de febrero de 2014
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ACTUALIZACIÓN: Hasta el viernes amnistía para pago de multas DTOP (17 de marzo de 2014)

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Enmienda la Ley Ponte al Día en la Carretera. Dispone que el pago de la totalidad de las multas adeudadas podrá efectuarse en todas las colecturías del Departamento de Hacienda. Extiende por 30 días adicionales el término para el pago acelerado de las multas adeudadas.

El 23 de julio de 2013, se aprobó la Ley 73-2013 con el fin de crear la Ley "Ponte al Día en la Carretera". Mediante la misma, se estableció por un término de noventa (90) días, un incentivo que promueve el pago acelerado de multas por concepto de infracciones a la Ley Núm. 22 de 7 de enero de 2000, según enmendada, conocida como la "Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico". Además, concedió un relevo igual a un treinta y cinco por ciento (35%) del total de la multa, intereses, penalidades y recargos acumulados a todo ciudadano que pague en su totalidad las multas que gravan su licencia de conducir y/o vehículos de motor, adeudadas al Estado Libre Asociado de Puerto Rico, a la fecha de entrar en vigor esta Ley. Igualmente, la Ley 73-2013 facultó al(la) Secretario(a) de Hacienda a que, conjuntamente con el Secretario de Transportación y Obras Públicas, adopte la reglamentación necesaria para la implementación de ésta.

 Así también, entendemos meritorio extender el término del incentivo para el pago acelerado de multas por treinta (30) días adicionales reconociendo que el período navideño no es el preferido por los ciudadanos para buscar los servicios de Gobierno, particularmente los ofrecidos por las Colecturías del Departamento de Hacienda y los Centros de Servicios al Conductor del Departamento de Transportación y Obras Públicas.

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