» El futuro de la investigación legal está aquí OK

Se avecinan cambios y controversias con el nuevo Código Civil de Puerto Rico

07 de agosto de 2015
COMPARTIR

Por Juan Carlos Castillo / Diálogo UPR

Reproducido bajo licencia Creative Commons Attribution-Noncommercial-No Derivative Works 3.0 Puerto Rico

Pronto Puerto Rico tendrá un nuevo Código Civil. Este nuevo ordenamiento jurídico desde ya se perfila como uno controversial que romperá con muchas tradiciones. Y no es para menos, pues en la Isla se vive bajo un código que fue instaurado por la Corona Española hace 135 años y desde entonces no ha sido reformado.

Ya la propia España ha revisado y actualizado su Código Civil, lo ha hecho también Argentina, Costa Rica, Perú y otros países civilistas de este continente. Puerto Rico, en cambio, aún espera.

Se avecinan cambios y controversias con el nuevo Código Civil de Puerto RicoEn busca de actualizar el código de la Isla y atemperarlo a las realidades del siglo XXI, en agosto de 1997 se legisló la creación de una comisión conjunta en la Asamblea Legislativa para la revisión y reforma del Código Civil de Puerto Rico. La mencionada comisión empezó sus labores en 1998. Tanto la Cámara de Representantes, como el Senado acordaron que sería mejor contratar a expertos en la materia del derecho para que elaboraran un borrador del nuevo Código Civil. Mucho de estos expertos fueron juristas extranjeros y para el 2004, gran parte del código estaba completado. No obstante, no es hasta este mes de agosto que la Asamblea Legislativa empezará con el proceso de discusión y aprobación del nuevo código. ¿Qué mantuvo a este proyecto de reforma civil detenido por tanto tiempo?

Según el senador Miguel Pereira, presidente de la Comisión de lo Jurídico en el Senado, nadie se atrevía a meterle mano al libro de familia –el tratado legal en el que, entre otras cosas, se encuentra lo relacionado al matrimonio. Pereira explicó que aunque muchos legisladores estaban de acuerdo con la aprobación del matrimonio entre personas del mismo sexo, eran muy pocos los que se atrevían a proponerlo por miedo a perder votos. "Habían muchas personas que entendían y sentían la necesidad social del cambio que se necesitaba, pero no había valentía", indicó.

Como ejemplo de este hecho Pereira recordó cómo el Proyecto del Senado 238, que tan solo proponía la prohibición del discrimen a personas por concepto de orientación sexual, encontró trabas en el Capitolio y terminó siendo aprobado "raspa cum laude".

De la misma forma opinó José Báez, quien preside la Comisión de lo Jurídico en la Cámara de Representantes. Báez le comentó a Diálogo que tiene la sospecha de que algunos de los miembros de la Cámara votarán en contra de un nuevo Código Civil que incluya el matrimonio gay con la única intención de ganarse el voto de aquellos sectores de Puerto Rico que se oponen al matrimonio entre ciudadanos del mismo sexo.

Báez solo espera que en la próxima sesión legislativa la discusión en torno al matrimonio sea una orientada al asunto civil, que no se torne en una riña personal, y que se entienda al código como una cuestión jurídica y no como una herramienta para predicar la moral.

Hoy, a más de un mes de que el Tribunal Supremo de los Estados Unidos declarara inconstitucional negarle el derecho a contraer nupcias a personas del mismo sexo, aún hay senadores y representantes que se oponen al matrimonio homosexual. Es reseñable que cada uno de ellos sabe que como legisladores están obligados a respetar la Constitución estadounidense y a su Tribunal Supremo. De hecho, cada uno de ellos juramentó hacerlo antes de asumir su cargo.

Por esta razón, Pereira afirmó que cada uno de los legisladores que se oponga al matrimonio entre personas del mismo sexo, debe ser sometido a un proceso de residenciamiento –proceso mediante el cual la Asamblea Legislativa puede despedir a cualquier funcionario.

Ahora, bien: ¿Si al sol de hoy el Código Civil de Puerto Rico no reconoce el matrimonio gay, personas del mismo sexo no podrán contraer nupcias aún? La respuesta es compleja, pero por suerte el exsenador Eudaldo Báez Galib, quien copresidió del 2000 al 2004 la Comisión Conjunta para la Revisión y Reforma del Código Civil, conversó con Diálogo y explicó lo siguiente:

Que el ordenamiento jurídico de Puerto Rico es mixto. Por un lado, mantiene una práctica de aplicar las doctrinas civilistas –aquellas escritas en el Código Civil– mientras que por otro reconoce la jurisprudencia del Common Law –el derecho anglosajón.

Por lo tanto, lo que está permitido en Puerto Rico se resuelve a base de lo que establece nuestro ordenamiento civil y penal, pero también en base a las decisiones que toman los tribunales, incluyendo los de Estados Unidos.

La actual revisión y reforma de nuestro Código

Báez Galib sostuvo que resta armonizar los cambios jurídicos que han ocurrido desde el 2004 hasta hoy. Destacó que como "no es tantísimo el cambio que ha ocurrido desde el 2004 hasta ahora", la actualización no deberá ser un contratiempo pesado.

Miguel Pereira espera que para mediados de agosto comience el proceso de revisión y aprobación del borrador del nuevo Código Civil. Cuánto podría durar el proceso de discusión y aprobación es una incógnita, mas según Báez Rivera, es posible que se termine antes de que culmine el 2015.

Sin embargo, aunque el nuevo Código Civil de Puerto Rico podría estar listo antes del próximo enero, ponerlo en función podría ser una tarea de años. "Poner el nuevo código en función es... uff. Es heavy. Hay que educar a los jueces, habilitar y actualizar documentos, y muchas otras cosas", comentó Báez Galib.

Por ejemplo, ante la aprobación de un nuevo código civil, los estudiantes de derecho tendrían que prepararse para tomar una nueva reválida ajustada a los cambios y las escuelas de derecho tendrían que hacer ajustes curriculares, entre otras cosas.

Incógnita sobre los derechos homosexuales

En las discusiones legislativas que se llevarán a cabo en la próxima sesión que comenzará el lunes 17 de agosto, se resolverán ciertos vacíos del Código Civil con el fin de hacer al derecho puertorriqueño uno que no discrimine a la comunidad LGBTT. Por ejemplo, se trabajará con el tema de la inseminación in vitro y los vientres de alquiler.

Por otro lado, dado que Ley de Adopción define que una "parte adoptante debe ser una persona o matrimonio válido y reconocido bajo el Código Civil de Puerto Rico", una vez legalizado el matrimonio en tres personas del mismo sexo, queda de paso validada la adopción homoparental. De hecho, Nancy Vega, directora de la la oficina del Registro Demográfico de Puerto Rico, informó que su agencia ya tiene los formularios adaptados para poder registrar y reconocer a la adopción homoparental. Sin embargo, aún no se ha establecido cómo se decidirá qué apellido irá primero. Actualmente, en la Isla el apellido del padre va primero y luego se pone el apellido de la madre, pero ¿qué apellido va primero cuando el ciudadano tiene dos padres o dos madres?

Tanto Báez Rivera como Pereira opinaron que el orden debe ser establecido por acuerdo entre la pareja. Pero, ¿qué pasa si no se ponen de acuerdo? En Uruguay y en España, por ejemplo, cuándo la pareja no se pone de acuerdo en el orden de los apellidos, el juez lo sortea al azar. Ante el dato, Pereira comentó que el azar bien podría ser una opción en caso de tranque.

Algunas de las nuevas disposiciones en el novel código civil

  • Se eliminaron las causales de divorcio. El divorcio podrá suscitarse por consentimiento.
  • Ahora se puede desheredar en la herencia explicando causales. Ya no será necesario ir al tribunal y probar causales.
  • La viuda tendrá mayor rango de herencia que los hermanos del difunto.
  • El Libro de Derecho de Familia, ahora se llamará Instituciones Familiares.
  • Se podrán firmar contratos por Internet.
  • Se considera bajar la mayoría de edad de 21 a 18 años.

Powered by Microjuris.com