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Se aprueban y presentan medidas legislativas de impacto a las mujeres en Puerto Rico

07 de marzo de 2014
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Se aprueban y presentan medidas legislativas de impacto a las mujeres en Puerto RicoDurante la pasada semana de conmemoración del Día Internacional de la Mujer Trabajadora, la legislatura aprobó el Proyecto del Senado 808 que reforzará la Ley para la Prevención e Intervención contra la Violencia Doméstica. El nuevo cambio obligaría al Departamento de Corrección y Rehabilitación a informar a todas las víctimas de violencia doméstica la excarcelación del convicto agresor.

Según lo expone el proyecto de la autoría de la senadora Maritere González, con este anuncio "la víctima tendrá una cantidad de tiempo razonable para hacer los ajustes correspondientes para garantizar su seguridad, bienestar personal, acorde con su apreciación de los riesgos relacionados a la reinserción a la comunidad de su agresor o agresora".

La notificación se realizaría mediante comunicación escrita o telefónica, al menos 120 días antes de que el convicto extinga la sentencia y sea liberado.

Por otra parte, el representante Manuel Natal Albelo presentó varias medidas que atiendan los temas de desigualdad de género. El primer de ellos es el Proyecto de la Cámara 1740, que persigue establecer la "Ley de Igualdad y Equidad Salarial entre Géneros" con el fin de proveer la igualdad y equidad de salarios entre personas independientemente de su género.

"En la actualidad, los temas emergentes en desigualdad de género giran en torno al ámbito laboral. Puerto Rico, en una combinación de legislación local y federal que protege a las personas en el empleo, cuenta con protecciones contra despido injustificado, hostigamiento y discrimen. Sin embargo, contrario a otras jurisdicciones, Puerto Rico no ha tenido una discusión seria y detenida con respecto al tema de la desigualdad en los salarios entre personas, independientemente de su género", explica la exposición de motivos.

También presentó el Proyecto de la Cámara 1741, que pretende crear la "Ley para la Concesión de Licencias de Paternidad". De aprobarse el proyecto se concederá a los padres de niños una licencia de paternidad un período de ausencia legítima, con sueldo y permiso otorgado por el patrono, por razón del nacimiento o la adopción de un hijo o una hija. El padre obrero tendría derecho a devengar la totalidad de su salario o compensación que estaba recibiendo hasta seis meses anteriores al comienzo de la licencia de paternidad.

Por otra parte, el representante presentó dos resoluciones para conducir sendas investigaciones sobre aspectos de política pública en cuanto al tema de género y equidad.

"Será política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico fomentar el desarrollo de una fructífera relación paterno-filial desde el nacimiento o la adopción de un nuevo integrante al núcleo familiar. Igualmente, reconoce la equidad de género y la importancia de la unidad familiar en la crianza de los hijos e hijas, recién nacidos o adoptados.", reza el proyecto de ley.

La Resolución de la Cámara 894 tiene como propósito ordenar a la Comisión de Educación, Para el Fomento de las Artes y la Cultura; y a la Comisión de Asuntos de la Mujer y Equidad de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, realizar una investigación sobre el cumplimiento de la Ley 108-2006, según enmendada, la cual enmendó la Ley Orgánica del Departamento de Educación a los fines de incorporar en el currículo del sistema educativo los temas de equidad de género y la prevención de violencia doméstica.

Según la resolución, dicha ley aprobada en el 2006 obliga al Departamento de Educación a diseñar e implementar un currículo de enseñanza en las instituciones de educación pública de Puerto Rico, dirigido a promover la equidad de género y la prevención de la violencia doméstica. Dicho currículo debía ser implantado a través de todo el sistema educativo ofreciéndose de forma regular o integrado a otros programas o modalidades educativas. No obstante

Por último, el representante presentó la Resolución de la Cámara 895 que propone una investigación también, esta vez para conocer cómo la Unidad Antidiscrimen del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos está descargando su deber ministerial en cumplimiento con la política pública establecida en la Ley para Prohibir el Hostigamiento Sexual en el Empleo.

Esta ley fue aprobada hace 25 años, no obstante, según la resolución el hostigamiento sexual en el empleo continúa siendo un problema alarmante.

"Según datos del 2000 al 2007, recogidos por la Unidad Antidiscrimen del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH), el número de querellas radicadas por hostigamiento sexual por parte de féminas continúa siendo 8 veces más que la cantidad de querellas radicadas por varones".

Con la investigación se pretende conocer:

(1) cómo la Unidad Anti discrimen del DTRH ha atendido las querellas presentadas por concepto de hostigamiento sexual;

(2) si los patronos, tanto públicos como privados, están cumpliendo con el mandato de promulgar una enérgica política laboral en contra del hostigamiento sexual en el empleo;

(3) y el establecimiento de métodos para dar a conocer la prohibición del hostigamiento sexual en el empleo, dar publicidad en el lugar de trabajo sobre los derechos y protección que se les confiere y otorga a los empleados bajo dicha Ley, y el procedimiento interno establecido para atender las querellas de hostigamiento sexual.

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