Reforma Laboral de camino al Supremo federal

22 de septiembre de 2023
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Luego de que este pasado jueves, el Tribunal federal de Apelaciones para el Primer Circuito en Boston denegara la petición para atender una nueva vista sobre Ley 41-2022, mejor conocida como la nueva «Reforma Laboral», el presidente de la Cámara de Representantes, Rafael Hernández Montañez, y el presidente de la Comisión de Asuntos Laborales, Domingo Torres García, informaron hoy, viernes, que acudirán al Tribunal Supremo de Estados Unidos para apelar la determinación.

Declaran nula la Ley 41, mejor conocida como la nueva «Reforma Laboral»

La determinación confirmó la sentencia emitida por la jueza Laura Taylar Swain, quien declaró nula la Ley 41-2022 que enmendaba la Reforma Laboral y restituía derechos a trabajadores del sector privado en Puerto Rico.

«En la Cámara de Representantes hemos sido consistentes en nuestra férrea defensa por los derechos de la clase trabajadora en Puerto Rico. Como le comunicamos al país, tan pronto se declaró nula la Ley 41-2022, acudiremos a todos los foros pertinentes hasta agotar los remedios disponibles. Por tal razón, elevaremos nuestro reclamo al Tribunal Supremo federal para que declare la validez de este estatuto y así hacerle justicia a cientos de miles de empleados puertorriqueños», indicó Hernández Montañez.

Por su parte, Torres García expresó que «en la Cámara de Representantes hemos aprobado tres proyectos de ley para enmendar la Reforma Laboral de 2017 y restituir los derechos de los trabajadores (PC-3, PC-1244 y PC-1651), defendimos la validez de la Ley 41-2022 ante el Tribunal Federal del Distrito de Puerto Rico, apelamos la decisión de la jueza Swain declarándola nula ante el Primer Circuito de Apelaciones en Boston y ahora vamos al Supremo federal, y no descansaremos hasta que logremos nuestro objetivo de que se le restituyan los derechos a todos los trabajadores».

El exsecretario del Departamento del Trabajo, Carlos J. Saavedra Gutiérrez, compartió con Microjuris su análisis sobre el tema y recordó que el Tribunal Supremo de Estados Unidos tiene el poder de decidir cuales casos atenderá.

«Para propósitos del caso, y de la Ley-41, sigue siendo nula. En esta etapa ya han sido siete jueves que han visto el caso, y todos han resuelto que la ley es nula. El efecto sigue siendo el mismo, la ley es nula. Lo único que le resta es acudir al Tribunal Supremo. A mí me sorprendería que el Tribunal Supremo de Estados Unidos entre a resolver este caso», sostuvo Saavedra Gutiérrez.

Se estima que cada término se presentan entre 7,000 y 8,000 nuevos casos ante el Tribunal Supremo de los Estados Unidos. Cada término, el tribunal otorga argumentos a alrededor de 80 de ellos. Para el período 2022-2022, el tribunal decidió 58 casos

La anulación de la Ley 41-2022 surge luego de que la Junta de Supervisión y Administración Financiera para Puerto Rico la impugnara ante la jueza Swain, alegando que el gobierno no presentó un informe de su impacto fiscal, acorde con la Sección 204(a) de la Ley PROMESA.

Swain confirmó la postura de la Junta de Supervisión y anuló el estatuto, a pesar de la oposición de la Cámara de Representantes.

El pleito entonces se movió al Primer Circuito de Apelaciones en Boston luego de que la Cámara apelara la decisión de Swain.

Este foro confirmó dicha sentencia, por lo que la Cámara solicitó una reconsideración al pleno del Circuito que fue denegada ayer.

«Hemos instruido a nuestros abogados para que inicien inmediatamente el trámite de apelar esta decisión ante el Supremo federal. Sin embargo, esta no es nuestra última movida. El pasado 21 de agosto, aprobamos en la Cámara el PC-1651, que contiene las mismas disposiciones de la Ley 41-2022 y está acompañado de un informe preparado por la Oficina de Presupuesto de Asamblea Legislativa (OPAL) que certifica que no tiene ningún impacto fiscal», detalló el presidente cameral.

Además, esos esfuerzos se unen a la medida radicada por la congresista Lori Chávez-DeRemer (H.R. 4853) para enmendar la Sección 204(a) de la Ley Promesa, a los fines de que los informes de impacto fiscal presentados por la OPAL sean aceptados por la Junta de Supervisión para poner en vigor las leyes aprobadas por la Legislatura y firmadas por el gobernador, y que no se repita este escenario.

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