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¿Qué recursos adicionales se necesitarán para comprender el nuevo Código Civil?

02 de junio de 2020
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Los profesores Ariel Caro Pérez, Lourdes Quintana-Lloréns y Gerardo Bosques Hernández resaltaron a Microjuris.com la necesidad de que se publiquen de una forma compilada los memoriales explicativos, informes y tablas comparativas para que estudiantes, abogadas(os), jueces y académicas(os) puedan estudiar con detenimiento el nuevo Código Civil.

«Yo quiero aprovechar para resaltar la necesidad de acceso a los memoriales, a los informes y a los estudios. Eso constituye el historial legislativo. Eso son los elementos necesarios para asistir a los tribunales para interpretar los estatutos», planteó Caro Pérez.

«Mi solicitud es una compilación ordenada y que las publiquen en una nube o una plataforma para estudiar. Yo insisto en que ese es el aspecto medular para ejercer las funciones», agregó el profesor.

«Una tabla de equivalencias es lo básico para el estudio. Imagine un curso de segundo año que ya estudió el viejo código. Hay que proveer los datos para saber de dónde surge cada artículo», puntualizó.

La profesora Quintana-Lloréns, que imparte cursos en la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico (UPR) sostuvo que «aunque no tengamos los memoriales de forma inmediata, por lo menos deberíamos tener acceso a la tabla de equivalencia porque con la tabla de equivalencia puedo ir guiando al estudiante en la sala de clase».

Además, la profesora señaló que los materiales y los prontuarios de los cursos requieren de la aprobación académica y eso podrá tomar un tiempo adicional.

El profesor Bosques Hernández, de la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana de Puerto Rico (UIPR) explicó a Microjuris.com que un elemento que debe atender con premura la Asamblea Legislativa son las enmiendas a las leyes especiales que surgen de materias o figuras generales especificadas en el nuevo código.

«Se van a tener que crear nuevas leyes para ejecutar derechos que están en la nueva ley. Habrán muchas leyes especiales para enmendarse: la Ley Notarial, la Ley de Procedimientos Legales Especiales. Hay leyes complementarias para enmendarse», puntualizó.

«Un ejemplo es como enmendar un Código Penal sin remendar la Ley de Violencia Doméstica, La Ley de Armas», agregó el profesor.

Bosques Hernández también se?aló que habrán disposiciones reglamentarias que atender a partir de la aprobación del Código Civil. «La firma del código comienza un proceso de revisión de todo el ordenamiento civil», sentenció.

Además de prestar atención al derecho sustantivo de la medida, el profesor de la Facultad de Derecho de la UIPR le recomendó a las y los profesionales del derecho que estudien con detenimiento el derecho transitorio que plantea la nueva ley.

Resaltan los beneficios del nuevo código

Mientras tanto, el profesor Ramón Antonio Guzmán sostuvo que el código en sí «nos da la oportunidad histórica de que en Puerto Rico se desarrolle un verdadero derecho puertorriqueño: en la academia, en el ejercicio de la abogacía y en los tribunales del país».

«También es una coyuntura excelente para desarrollar una nueva manera, más técnica y adecuada, de estudiar el derecho privado en nuestras universidades y escuelas de derecho. Por eso debemos recibir generosamente este código y convertirlo en una herramienta de desarrollo jurídico y social para el Puerto Rico que nos ha tocado vivir», agregó.

Mientras tanto, el profesor Miguel Garay Auban sostuvo que «por primera vez en la historia de Puerto Rico se aprueba un código civil hecho en Puerto Rico por puertorriqueños y redactado pensando en nuestra sociedad del siglo XXI. Aunque quizás muchas personas no se dan cuenta, hoy es un gran día para Puerto Rico».

La profesora Evelyn Benvenutti Toro señaló que el código firmado «representa la evolución de sobre 100 años del Derecho, atemperado a la realidad del contenido de las relaciones jurídicas, sociales, económicas, políticas y culturales de Puerto Rico 2020».

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