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¿Pueden los «realtors» llamar a vendedores de FSBO en el ‘Do Not Call List’?

18 de mayo de 2024
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Las opiniones expresadas en este artículo son únicamente del(a) autor(a) y no reflejan las opiniones y creencias de Microjuris o sus afiliados.

Por el Lcdo. Silvino Edward Díaz

El Registro Nacional ‘Do Not Call’ (DNC) es una lista de números de teléfono de consumidores que han indicado que no quieren recibir llamadas de telemercadeo. Esto lo gestiona la Comisión Federal de Comercio (FTC, por sus siglas en inglés).

Un vendedor por teléfono no puede llamar a una persona que esté en la lista DNC, a menos que aplique una de las siguientes excepciones:

  • Excepción de consulta del consumidor. Podrá llamar a una persona por un período de 3 meses después de que la persona realice una «consulta de consumidor». Si un consumidor realiza una consulta o presenta una solicitud a una empresa, ésta puede llamar durante tres meses. Sin embargo, si el consumidor solicita específicamente a esa empresa que no llame, la empresa no podrá llamar.
  • Excepción de transacción previa. Puede llamar a una persona que haya realizado una transacción financiera con su empresa dentro de los 18 meses anteriores. Una empresa con la que un consumidor tiene una relación comercial establecida puede solicitar hasta 18 meses después de la última compra o última entrega o último pago del consumidor. Sin embargo, si el consumidor solicita específicamente a esa empresa que no llame, la empresa no podrá llamar. Además, si el consumidor solicita a la empresa que no vuelva a llamar.
  • Excepción de permiso expreso. Los vendedores pueden llamar a un consumidor que haya dado su consentimiento expreso, por escrito, para recibir llamadas de una parte específica, incluso si el número del consumidor está en el Registro Nacional de No Llame. El permiso debe ser por escrito e incluir: el nombre de la persona, firma y número de teléfono. La excepción del permiso expreso por escrito no tiene un límite de tiempo específico. Un vendedor no puede exigir que un consumidor dé su consentimiento para recibir llamadas pregrabadas.
  • Excepción de familiares, amigos y conocidos.  Siempre puedes llamar a familiares y amigos. A menos que te digan que no lo hagas.

En cualquier caso, nunca se podrá: 

  • Llamar a personas fuera del horario de 8:00 a.m. a 9:00 p.m.
  • Realizar llamadas pregrabadas de cualquier tipo.
  • Clonar voces con inteligencia artificial para llamadas automáticas. La Comisión Federal de Comunicaciones (FCC) ha emitido una declaración de que el uso de tecnología de clonación de voz en llamadas automáticas es ILEGAL. El fallo de la FCC, con efecto inmediato, se dicta de conformidad con la Ley de Protección al Consumidor Telefónico (TCPA), una ley de 1991 que restringe las llamadas que utilizan

La multa por violar la lista de no llamar es de hasta $16,000.00 por llamada. Y si llama después de una denegación por parte de la persona, puede estar sujeto a una multa de hasta $51,744.00.

Cuando se trata de listados de bienes raíces, en venta por propietario (FSBO) y listados vencidos, no puede llamar a una persona que haya anunciado su propiedad como FSBO o cuyo listado con otro agente inmobiliario haya vencido si:

  • El número de teléfono de la persona está en el Registro Nacional de No Llamar (DNC)
  • El propósito de su llamada es ofrecer incluir la propiedad del propietario en la lista

Se puede llamar a una persona que haya incluido su propiedad como FSBO si representa a un comprador que está interesado en adquirir la propiedad.

Cuando realiza una llamada, al comienzo de la conversación, debe darle su nombre a la persona que llama y decirle que está llamando desde [nombre de su empresa].

Si llama en respuesta a una consulta de la persona llamada, debe hacer referencia a la consulta de la persona en su presentación.

Si tiene preguntas sobre sus políticas y procedimientos de marketing o ventas, no dude en comunicarse con nosotros.

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