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Publicaciones y mensajes en Internet podrían convertirse en delitos con estas enmiendas al Código Penal

13 de noviembre de 2017
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La Cámara de Representantes de Puerto Rico aprobó dos proyectos que de aprobarse finalmente, enmendarían el Código Penal para añadir dos delitos: escalamiento a un edificio desocupado por el Estado durante estado de emergencia y el delito de intrusión, por publicar información difamatoria en plataformas cibernéticas.

Ambos proyectos han provocado la crítica de varios legisladores quienes alegan que los proyectos no resolveríann el problema de violencia rampante que vive la isla.

Sobre el Proyecto de la Cámara 63, este penaliza a:

«toda persona que por medio de comunicación telemática, o por cualquier otro medio profiera o escriba a otra lenguaje amenazante, abusivo, obsceno o lascivo; o publique intencionalmente información falsa o difamatoria sobre otra persona en sitios de Internet o que con el propósito de molestar a cualquier persona efectúe repetidamente llamadas telefónicas u ocasione que el teléfono de otra persona dé timbres repetidamente, o toda persona que autorice con conocimiento que cualquier teléfono bajo su control sea utilizado para cualquier propósito prohibido en el propio artículo».

El delito está categorizado como grave y conllevaría una penalidad de tres años de prisión.

El representante del PPD Luis Vega Ramos puntualizó que este proyecto atenta contra la libertad de expresión y libertad de prensa, ya que «se presta para unas manipulaciones terribles por parte de los gobiernos en contra de los ciudadanos».  Además lo catalogó como «una herramienta para acallar voces», mientras recalcó que quienes sean víctimas de este tipo de actos difamatorias, pueden acudir al tribunal a reclamar una indemnización.

«La manera que este proyecto está redactado es muy cara para la democracia puertorriqueña. Es decirle al que tiene evidencia de un acto de corrupción, ilegalidad o inmoralidad que no lo publique, porque se expone a que le radiquen cargos criminales, cuando hay otros remedios civiles», señaló Vega Ramos.

Por otro lado, Denis Marquez del PIP indicó que la medida persigue «limitar ejercicios de libertad de expresión» y que no debe utilizarse el Código Penal para establecer categorías tan amplias y vagas.

Por otro lado, el Proyecto de la Cámara 1241 propone que se agrave la pena, cuando el delito de escalamiento agravado es cometido en un edificio ocupado durante un estado de emergencia declarado por el Gobernador de Puerto Rico o el Presidente de los Estados Unidos para que este sea sancionado con una pena de reclusión fija de quince (15) años.

«El Tribunal podrá imponer la pena de restitución, en conjunto con la pena de reclusión. Sin embargo, se aclara que el Tribunal no tiene discreción para eliminar la pena de reclusión fija de quince (15) años, si determinase imponer la pena de restitución», indica la propuesta.

Sobre esta medida, Marquez opinó que penas más altas no lograrán convertir a los ciudadanos «en mejores personas.»

«Mantener gente por décadas en las cárceles no es otra cosa que la manifestación más grave del fracaso como sociedad y del sistema de justicia criminal», explicó.

El representante opinó que en lugar de presentar medidas como esta, se deberían presentar medidas que combatan la desigualdad social, la baja escolaridad y la falta de atención a problemas de Educación Especial.

Las medidas aprobadas fueron remitidas al Senado.

Foto: Gilles Lambert en Unsplash

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