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[DOCUMENTOS] Propuestas legislativas para cambio en fecha de primarias

24 de abril de 2020
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Existen actualmente dos propuestas legislativas distintas pendientes de consideración para aprobar cambios en la fecha de celebración de las primarias electorales. En el Senado de Puerto Rico se radicó la Resolución Conjunta del Senado 520 con el fin de ordenar a que la Comisión Estatal de Elecciones posponga las primarias eleccionarias hasta el domingo, 9 de agosto de 2020, ésto debido a la emergencia por el COVID-19 que afecta a Puerto Rico. Dicha medida legislativa fue presentada bajo la autoría del senador Luis Muñoz Cortéz.

Mientras, en la Cámara de Representantes se considera la Resolución Conjunta de la Cámara 681 a fin de establecer las normas que regirán la celebración de las primarias de los partidos políticos, proponiendo también un cambio de fecha en la celebración de las mismas, en este caso, para que sea el día 12 de julio de 2020, a razón también de la emergencia originada por el coronavirus.

A su vez, ésta medida de la Cámara busca establecer también las normas especiales y los términos para el diseño e impresión de las papeletas, y para el cierre del registro electoral así como extender el voto adelantado a los electores que así lo prefieran para evitar el posible contagio.

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Según indica la medida, la comisión de primarias del partido político concernido dispondrá mediante reglamento el contenido, patrones, diseño y forma de las papeletas de votación que se utilizarán en las primarias. Las propuestas deberán ser aprobadas en o antes de 30 días previos a la fecha propuesta del 12 de julio de 2020.

La pieza legislativa señala que quienes quieran solicitar el voto por adelantado o el voto ausente deberán hacer la solicitud 50 días antes de la fecha de la celebración de la primarias.

Quienes califican para solicitar el voto por adelantado serán los electores que caigan dentro de las siguientes categorías:

  • Miembros de la Policía de Puerto Rico, hasta un máximo de 2,500 electores de los cuerpos de la Policía Municipal, del cuerpo de Oficiales de Custodia de la Administración de Corrección, del cuerpo de Oficiales de Servicios Juveniles de la Administración de Instituciones Juveniles y del cuerpo de Bomberos de Puerto Rico que se encontrarán de turno en servicio activo durante las horas de votación del día de las primarias.
  • Los confinados en las instituciones penales en Puerto Rico y cualquiera que haya cumplido 18 años al día de la elección y que se encuentre bajo la custodia de la Administración de Instituciones Juveniles. En estos dos casos, votarán un viernes antes de la celebración de las primarias.
  • Todos aquellos que de alguna forma sean miembros o empleados de alguna oficina de los Comisionados Electorales.
  • Profesionales y empleados de la salud que estarán trabajando ese día durante el horario de la elección.
  • Atletas y miembros de equipos deportivos, así como cualquier otro profesional que por razón de empleo estará fuera del país, pero que puedan ejercer su derecho a votar no más tarde a dos días antes del día de la elección.
  • Periodistas y fotoperiodistas que estarán asignados para trabajar ese día durante el horario de la elección.
  • Personas recluidas en una institución hospitalaria que se certifique continuarán internadas hasta el día de la elección.
  • Aspirantes y candidatos a ocupar cargos electivos.
  • Personas con impedimentos o encamados.
  • Empleados de empresas privadas que hayan sido contratados por la Comisión Estatal de Elecciones para trabajar ese día dando apoyo o servicios técnicos.
  • Aquellos electores que tengan miedo al contagio con la condición que provoca la pandemia.

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Los miembros de las Juntas de Inscripción Permanente deberán grabar la solicitud como una transacción de fácil acceso. La Junta Administrativa del Voto Ausente (JAVA) será responsable de trabajar la votación como voto adelantado y la adjudicación de estos votos.

Las personas que califican para solicitar el voto ausente serán los electores que caigan dentro de las siguientes categorías:

  • Personas destacadas en las Fuerzas Armadas, Guardia Costanera, Servicio de Salud Pública, Administración Nacional Oceánica y Atmosférica de Estados Unidos, o en la Guardia Nacional de Puerto Rico.
  • Personas cursando estudios en alguna institución acreditada fuera del país.
  • Trabajadores del Programa de Empleos Agrícolas mediante contrato tramitado por el Departamento de Trabajo y Recursos Humanos.
  • Personas destacadas en servicio diplomático o de ayuda exterior del gobierno de Estados Unidos.
  • Cónyuges, hijas e hijos o parientes dependientes que residan bajo el mismo techo del elector que se encuentre en cualquiera de los cuatro grupos anteriores.
  • Confinados que se encuentren en instituciones penales en Estados Unidos que fueron sentenciados en los tribunales de Puerto Rico.
  • Cualquier empleado o funcionario del gobierno de Puerto Rico que se encuentre el día de la elección fuera del país en funciones oficiales.
  • Atletas y personal técnico de apoyo participando en competencias deportivas representando a Puerto Rico fuera del país.
  • Profesionales que por motivo de trabajos o estudios tengan que estar destacados en el exterior temporeramente por un tiempo no mayor de 11 meses.
  • Cualquier persona que para la fecha de la elección estará recibiendo fuera del país un tratamiento médico por causa de una enfermedad catastrófica que así se acredite mediante declaración jurada y la certificación de la institución médica. De igual forma podrá solicitarlo cualquier persona que esté haciendo compañía a la persona que recibe el tratamiento.

Según indica la pieza legislativa, las medidas de seguridad a tomarse el día de la elección por motivo al COVID-19 deberán contar con el asesoramiento del secretario del Departamento de Salud y deberán ser publicadas en periódicos de circulación general, Internet, y cualquier otro medio de difusión posible al menos 30 días antes de la celebración de las primarias.

Esta medida fue radicada el día 21 de abril de 2020 por el presidente de la Cámara de Representantes, Carlos «Johnny» Méndez Nuñez, junto a la co-autoría de la delegación del Partido Nuevo Progresista (PNP).

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