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Proponen amnistía para pago de multas atrasadas impuestas por la AAA, descuento de 85%

13 de mayo de 2016
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Amnistía para pago de facturas de agua atrasadas con descuento de 85%El representante Carlos A. Bianchi Angleró presentó el Proyecto de la Cámara 2921, que concedería un relevo igual a un ochenta y cinco por ciento (85%) del total de la multa, intereses, penalidades y recargos acumulados a todo ciudadano, por un término de sesenta (60) días, de la aplicación de multas administrativas a abonados residenciales, impuestas por parte de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados, a los únicos fines de que dichas personas puedan legalizar su estado de abonado de la corporación. No podrán acogerse a esta amnistía los abonados que sean o hayan sido convictos por el delito de hurto de agua.

Descarga y lee el proyecto

Reza la exposición de motivos del proyecto:

La Autoridad de Acueductos y Alcantarillados estableció multas administrativas por el uso indebido del servicio de agua, debido al estado de emergencia por sequía decretado por el Gobernador en el año 2015. Muchos de estos residentes están conscientes del uso indebido y de la responsabilidad de cumplir con su multa, pero no cuentan con los recursos para poder pagar la misma, ya que son unas muy onerosas para el ciudadano promedio. Estos ciudadanos, se ven en la obligación de recurrir a sus alcaldes y legisladores a solicitar ayuda económica para el pago de las mismas, con el fin de que sean reconectados al sistema. Más aún, varios alcaldes se han visto en la obligación de suplirles a los ciudadanos afectados agua potable en camiones tanque para cubrir sus necesidades básicas.

Con el fin de brindarle a las personas la oportunidad de legalizar su estatus de abonado con la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados, nos parece apropiado decretar una amnistía de sesenta (60) días en la obligación del pago de intereses, penalidades y recargos acumulados por concepto de la aplicación de multas administrativas impuestas por parte de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados.

Entendemos que esta medida es una medida en beneficio de cientos de personas que están en disposición de legalizar su estado de abonado de dicha entidad. Para facilitar la aplicación de esta amnistía se ha dispuesto para que la Junta de Gobierno de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados, adopte y promulgue las reglas que sean necesarias para la administración de esta Ley. Además, podrán emitir cualquier carta circular o determinación administrativa que sea necesaria para establecer las guías o procedimientos que regirán la concesión de la amnistía que otorga esta Ley.

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