» El futuro de la investigación legal está aquí OK

Presentan medida para destinar estorbos públicos a gobiernos municipales

21 de septiembre de 2015
COMPARTIR
Foto: Casa Taft 169 (Facebook)
Foto: Casa Taft 169 (Facebook)

La Cámara de Representantes evalúa una medida que podría permitir que los gobiernos municipales puedan disponer de aquellos edificios denominados como estorbos públicos. El Proyecto de la Cámara 2583, tiene el propósito de enmendar el Artículo 912 del Código Civil para que se destine a los municipios aquellos inmuebles declarados estorbos públicos y que se inscriban bajo su titularidad mediante Sentencia o Resolución Judicial.


La medida también propone que se enmiende la Ley para Viabilizar la Restauración de las Comunidades de Puerto Rico para que a las propiedades sin titular ni heredero, y que hayan sido declaradas estorbos públicos apliquen las disposiciones respecto a la herencia abintestato, para que los municipios puedan ceder, vender, donar o arrendar estas propiedades.

Según indica la medida, en la actualidad cuando una propiedad se reconoce como estorbo público, el municipio la identifica y comienza un procedimiento para limpiarla, clausurarla o demolerla. Esos trabajos se realizan con fondos municipales que no son recobrables. Con la medida, se le brindaría el marco jurídico a los municipios que les faculte para poder establecer alianzas con la comunidad, para hacerse cargo de estos espacios abandonados y "así evitar que se conviertan en hospitalillos, focos de criminalidad o de otras incidencias que amenacen su seguridad y calidad de vida".

"De igual manera, los municipios podrían impulsar estos espacios para fines cívicos, educativos y sociales, una vez tengan la capacidad de vender ceder, donar o arrendar estas propiedades conforme lo establece esta Ley y la Ley 81 del 30 de agosto de 1991, según enmendada, conocida como la Ley de Municipios Autónomos del Estado Libre Asociado. Esto resultaría en potenciales beneficios a nivel salubrista, social, cultural, ambiental y económico", explica la ley.

En años anteriores, legisladores habían intentado lograr la aprobación de medidas similares tales como el Proyecto de la Cámara 274 en el 2009, presentado por la senadora Albita Rivera Ramírez, que intentaba autorizar a los municipios a establecer un procedimiento para vender por precio de tasación en pública subasta al mejor postor propiedades declaradas como estorbos públicos. En el año 2010, los representantes José López Muñoz y Jorge Navarro Suárez presentaron una medida que buscaba establecer un un procedimiento de expropiación forzosa particular sin el depósito de ningún dinero en particular, para la adquisición de propiedades declaradas estorbos públicos.

De interés: Inter Derecho regresa a iniciativa Casa Taft

Powered by Microjuris.com