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Preocupación por la creación de delitos por violar orden ejecutiva

10 de abril de 2020
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Al menos cinco profesores de dos clínicas de asistencia legal en Puerto Rico expusieron sus reservas con las enmiendas que firmó la gobernadora Wanda Vázquez Garced para tipificar como delitos las violaciones a una orden ejecutiva.

La licenciada Alejandra Belmar de la Clínica de Asistencia Legal de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico (UPR) explicó a Microjuris.com que la Ley 35 de 2020 adolece de vaguedad. La licenciada de la Clínica de Asistencia Legal de la UPR sostuvo que la Asamblea Legislativa tiene el poder de legislar, pero tiene que ser específica en la conducta punible.

Belmar expuso que tampoco se podrá acusar la conducta previa al 5 de abril, que fue cuando entró en vigor la Ley 35 de 2020. Además, aclaró que una orden ejecutiva puede tener una disposición, pero no podrá establecer un delito porque «ese poder solo está conferido a la Asamblea Legislativa».

«Está por verse qué delito es el que le van a imponer a las personas», explicó la licenciada de la Clínica de Asistencia Legal de la Escuela de Derecho de la UPR.

Los profesores de la Clínica Penal de la Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico (PUCPR), Edgardo Llorens ValedónJosé Emilio Motta Malavé, explicaron que habrá que considerar que la legislación que tipifica como delito que se incumpla, desacate o desobedezca una orden ejecutiva es simpática para los residentes de Puerto Rico.

Por otro lado, Llorens Valedón resaltó que le preocupa la enmienda establecida en el artículo 6.14 de la ley, donde se establece como delito que se «transmita o permita transmitir por cualquier medio, a través de una red social o medio de comunicación masiva, información falsa con la intención de crear confusión, pánico o histeria pública colectiva, con respecto a cualquier proclama u orden ejecutiva decretando un estado de emergencia o desastre o toque de queda».

Al profesor Llorens Valedón le preocupa cómo se aplique la medida y que la tipificación no sea clara en cuanto al rango de la expresión. Además, resaltó la libertad de expresión de los ciudadanos y su preocupación por que una persona resulte convicta con pena de cárcel por una expresión.

El profesor Motta Malavé también adelantó que los jueces y los abogados tendrán que ver y estudiar cada suceso caso por caso para comprender por qué esa persona fue intervenida.

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El profesor Alex López Pérez de la Clínica Civil de la Escuela de Derecho de la PUCPR mostró preocupación por el impacto que pueda tener el artículo 6.14 sobre las personas que practican una religión.

«Hay personas con una interpretación a la luz de sus creencias. Pueden hacer expresiones sobre lo que pasa, que puedan ser vistas como peligro claro y presente. Eso a mi juicio también es un problema (...) Hay expresiones que parecen peligrosas, pero son perfectamente legítimas», sostuvo el profesor López Pérez.

Llorens Valedón también mostró preocupación por el impacto que pueda tener la medida sobre las personas que practican alguna religión. «Hubo personas que pronosticaron terremoto. Personas que alegan tener un don y esa expresión no se hace para que se llegue a la histeria. Esa es la parte donde el Estado no debe meterse y debe ser más comedido. Una cosa es lo legal y otra es lo popular», sentenció.

El profesor López Pérez urgió también que la aplicación de las medidas que establecen las órdenes ejecutivas de la gobernadora Vázquez Garced requerirán sensibilidad para atender, particularmente, a las personas sin hogar.

«Hay miles de persona que no tienen casa. Habrá que ver las circunstancias específicas y ver cómo se puede atender de la manera más humana y cristiana posible», agregó.

La directora de la Clínica de Asistencia Legal de la Escuela de Derecho de la PUCPR, Rosalba Fourquet López, puntualizó que habrá que hacer un balance social para proteger a las personas que viven en Puerto Rico.

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