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Ponce se queda sin fondos para combatir VIH/SIDA bajo Ley Ryan White por decisión del Primer Circuito

13 de enero de 2016
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Descarga el documento: Municipio Autónomo de Ponce v. US Office of Management

El año pasado el juez José A. Fusté determinó que las líneas geográficas del municipio de Ponce fueron delineadas de manera ilegal. El Tribunal de Apelaciones para el Primer Circuito revocó la decisión del juez Fusté, por entender que podría inferirse que el Congreso dictó el uso de los nuevos límites.

Ponce se queda sin fondos para combatir VIH/SIDA bajo Ley Ryan White por decisión del Primer CircuitoPonce dejó de ser un área elegible para recibir fondos para el tratamiento de VIH/SIDA bajo la Ley Ryan White luego de que el Departamento de Salud federal usara líneas geográficas distintas. El uso de líneas distintas hizo del área un espacio más angosto y con menor población. Al momento de cambiar las líneas, Ponce recibía los fondos en virtud de una concesión otorgada de manera transitoria porque el área realmente cesó de ser elegible en el 1996, cuando el Congreso de los Estados Unidos aumentó los requisitos de elegibilidad para los fondos.

La concesión transitoria permitía que Ponce recibiera los fondos por tener entre 1,000 y 2,000 casos de VIH/SIDA dentro de los últimos 5 años. Según el Departamento de Salud federal, los casos de VIH/SIDA en Ponce disminuyeron lo suficiente como para no ser elegibles para la concesión monetaria.

El municipio de Ponce, junto con un grupo de entidades dedicadas a la salud, demandaron al Departamento de Salud federal, señalando que debían expandir las líneas geográficas para añadir tres municipios adicionales, lo que les permitiría calificar para la concesión.

El Tribunal de Distrito determinó que las líneas que utilizaba el Departamento de Salud federal habían sido delineadas de manera caprichosa y arbitraria, sin rasgos de que se hubiese empleado algún ejercicio racional de deliberación para ello. El Tribunal ordenó al Departamento de Salud federal a desarrollar líneas nuevas para el área de Ponce.

Haciendo un recuento de cómo se determinó el uso de las líneas geográficas por el Departamento de Salud federal, el Tribunal de Apelaciones para el Primer Circuito determinó que el Tribunal de Distrito erró en su opinión y orden.

Según el Primer Circuito, el Departamento de Salud federal siguió las directrices del Congreso de los Estados Unidos al utilizar las líneas geográficas delineadas por el Centro para el Control y Prevención de Enfermedades para determinar la elegibilidad de las áreas para la concesión monetaria. El Tribunal de Distrito está impedido de cuestionar o invalidar las directrices del Congreso sin razones de peso para ello.

Al revocar la opinión y orden del Tribunal de Distrito, el Primer Circuito desestimó la demanda en su totalidad con perjuicio.

Reseña por el Lcdo. Cristian González

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