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Permisos de construcción y uso podrían ser cuestionados

18 de junio de 2021
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El planificador y economista Luis García Pelatti explicó a Microjuris.com que ciertos permisos que se otorgaron entre el 2 de enero y el el 4 de junio podrían ser cuestionados luego que el Tribunal Supremo de Puerto Rico (TSPR) despachó la controversia sobre el Reglamento Conjunto para la Evaluación y Expedición de Permisos Relacionados al Desarrollo, Uso de Terrenos y Operación de Negocios, mejor conocido como el Reglamento Conjunto 2020.

De acuerdo con García Pelatti, cualquier persona que haya sentido que sufrió algún daño a partir del otorgamiento de un permiso de desarrollo, uso u operación de negocios que se concedió entre el 2 de enero y el 4 de junio podría ir al tribunal para señalar la nulidad del permiso que se otorgó.

En primer lugar, el planificador enfatizó que —a menos que la representación legal de la Junta de Planificación pida una reconsideración al Supremo, este se la conceda y opine a su favor— el reglamento sobre permisos de desarrollo, uso y operación de negocios que se estableció en el 2020 se mantiene nulo, como determinó el Tribunal de Apelaciones el 31 de marzo de 2021.

Esto quiere decir —según el también expresidente de la Junta de Planificación— que «llevamos casi cinco meses adjudicando permisos y proyectos…  y que se podría alegar que esos permisos son nulos porque el reglamento que se otorgó es nulo».

El planificador señaló que el intento de agrupar los permisos fue un error, a la vez que señaló un consenso a favor de desarrollar un reglamento procesal único.

¿Qué ocurrió en el Tribunal Supremo?

El Tribunal Supremo de Puerto Rico declaró sin lugar una petición de revisión que presentó la Junta de Planificación de Puerto Rico sobre la validez del Reglamento Conjunto para la Evaluación y Expedición de Permisos Relacionados al Desarrollo, Uso de Terrenos y Operación de Negocios, mejor conocido como el Reglamento Conjunto 2020.

Supremo descarta controversia sobre Reglamento Conjunto

Se declaró el «no ha lugar» por un craso incumplimiento con el Reglamento del Tribunal Supremo, según destaca la resolución del Supremo.

Los abogados de la Junta de Planificación eran el licenciado Walter A. Alomar Jiménez y el licenciado Héctor Morales Martínez.

El abogado del Comité Pro Seguridad ARRAQ-ARESPA era el profesor William Vázquez Irizarry.

La asociación está compuesta por las comunidades El Remanso, El Escorial, Alturas del Remanso, Quintas de Cupey, Quintas de Cupey Garden Apts, Paraná y Villas de Paraná.

¿Qué pasó antes del Supremo?

El caso llegó al Supremo luego que el 31 de marzo de 2021, el Tribunal de Apelaciones declaró nulo el Reglamento Conjunto 2020.

El Tribunal de Apelaciones basó su decisión en que el reglamento carecía de un resumen ejecutivo que exponga los propósitos y un análisis sobre los costos y sobre los beneficios, como exige la sección 2.5 (b) de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico (LPAUG).

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