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Nuevas enmiendas a la «crudita» de 2015

19 de enero de 2015
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Nuevas enmiendas a la "crudita" de 2015Descargar documento: Enmienda la Ley de la Autoridad para el Financiamiento de la Infraestructura.

Dispone que el arbitrio sobre el petróleo crudo o sus productos y derivados y cualquier otra mezcla de hidrocarburos dedicado a la Autoridad para el Financiamiento de la Infraestructura, aprobado mediante la Ley Núm. 1-2015, estará sujeto a un ajuste por inflación cada cuatro años, basado en el comportamiento anual promedio del Índice de Precios del Consumidor, más un margen de 2.5% anual que nunca será menor de cero, a menos que los ingresos recaudados de dicho arbitrio sobrepasen $450,000,000 en los dos años anteriores al ajuste, siendo el primer ajuste efectivo 1 de septiembre de 2017.

De interésGobernador firma ley de "la crudita"

Esta medida tiene como propósito incluir enmiendas técnicas a la Ley Núm. 44 de 21 de junio de 1988, según enmendada, a la Ley 1-2011, según enmendada, y a la Ley 1-2015 para establecer el alcance de la exención permitida, aclarar disposiciones sobre el financiamiento autorizado, el uso de sobrantes, así como disponer sobre el alcance de la política pública. Estas enmiendas sirven para clarificar el alcance y maximizar el potencial de las leyes aquí enmendadas.

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