» El futuro de la investigación legal está aquí OK

Medidas aprobadas el último día de la sesión Extraordinaria

23 de diciembre de 2011
COMPARTIR

En el último día de la sesión extraordinaria, convocada por el gobernador Luis Fortun?o, el Senado de Puerto Rico aprobó importantes enmiendas a la Ley del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente, al Código Electoral de Puerto Rico y aprobó el plan de reorganización del Departamento de Justicia (DJ), entre otros asuntos.

El Senado aprobó el Plan de Reorganización número 3, con lo que se pretende que se preserven la integridad de los funcionarios e instituciones municipales de Puerto Rico, autoriza a la Oficina del Panel del Fiscal Especial Independiente a suspender Alcaldes, dispone sobre su función, impone ciertos deberes, enmienda la Ley Núm. 2 de 23 de febrero de 1988, y deroga el Capítulo XVIII de la "Ley de Municipios Autónomos".

Este Plan de Reorganización otorga la facultad a la Oficina del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente para solicitar la suspensión de un alcalde o alcaldesa, cuando se ha encontrado, luego de una investigación, causa suficiente para radicar cargos criminales en su contra. De igual manera, este Plan aclara en qué momento será automática la destitución de un alcalde o alcaldesa, sin tener que acudir a procedimientos adicionales.

De igual forma, la Cámara Alta avaló enmiendas al Código Electoral de Puerto Rico al aprobar el informe de conferencia del Proyecto de la Cámara 3671 en cuanto a la obligación de los candidatos a cargos públicos electivos de presentar ante la Comisión Estatal de Elecciones copia certificada de las planillas de contribución sobre ingresos rendidas en los últimos diez an?os, entre otros requisitos, a los candidatos a gobernador.

Por otro lado, el Senado aprobó el Plan de Reorganización número 13, que reorganiza el Departamento de Justicia a través de la delegación de sus poderes y responsabilidades en nuevas Secretarías Auxiliares, la eliminación de estructuras paralelas y la descentralización del poder decisional, delegando el mismo en los Fiscales de Distrito para lograr obtener un procesamiento criminal más efectivo. Además, este Plan crea los puestos de Fiscales Auxiliares IV y enmienda la "Ley Orgánica del Departamento de Justicia".

El Senado aprobó las siguientes medidas:

La Resolución del Senado 1688, radicada por el senador José Ramón Díaz Hernández, ordena a la Comisión de Urbanismo e Infraestructura, a realizar una investigación sobre las condiciones en que se encuentran los puentes localizados en el Bo. Mulas en la Carretera 156 en los Km. 47.2 y 46.8 del Municipio de Aguas Buenas.

La Resolución del Senado 1699, presentada por el senador Angel "Chayanne" Martínez Santiago, ordena a la Comisión de Salud a realizar una investigación urgente sobre la forma y manera que el Departamento de Salud, los Hospitales y las distintas instituciones de cuidado de salud públicas y/o privadas u oficinas médicas, han recopilado estadísticas, informes, referidos y la implantación de los protocolos en todo lo relacionado directa o indirectamente a los diferentes brotes de enfermedades infecciosas tales como sarna, tuberculosis, dengue, entre otros.

La Resolución del Senado 1740, de la autoría de Díaz Hernández, ordena a la Comisión de Urbanismo e Infraestructura realizar un estudio de la situación actual que confrontan los residentes de la Urbanización Verde Mar en el Municipio de Humacao, en términos de conocer los problemas que confrontan los residentes cuando llueve, las cuales provocan problemas de inundaciones en las áreas residenciales, afectando la salud y las propiedades de los residentes de esta urbanización para determinar las prioridades y establecer el curso a seguir, para de esta forma buscar las posibles soluciones para dicho problema.

La Resolución del Senado 2139. Radicada por el portavoz de la mayoría Larry Seilhamer, ordena la Comisión de Agricultura a realizar un estudio sobre los diversos factores que afectan la industria avícola en la Isla, para identificar aquellas acciones administrativas y legislativas que sean necesarias y convenientes para garantizar su desarrollo y fortalecimiento.
La Resolución del Senado 2275, de la autoría de los senadores Lornna Soto Villanueva y Roger Iglesias Suárez, a la Comisión de Recursos Naturales y Ambientales a realizar una investigación sobre las gestiones realizadas por el Gobierno Estatal, Municipal y las Agencias Federales concernidas en torno a la viabilidad de la canalización del Rio Grande de Loíza.

La Cámara Alta recibió los informes de Comité de Conferencia de las siguientes medidas:

El Proyecto de la Cámara 2513 enmienda la Ley sobre el Fiscal Especial Independiente, para disponer que el Panel sobre el Fiscal Especial Independiente tendrá la prerrogativa de determinar si incluye la investigación y procesamiento del autor o cooperador en cualesquiera de los delitos que se le imputen a los funcionarios públicos bajo su jurisdicción.

El Proyecto de la Cámara 2512, enmienda la Ley del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente para establecer un término para que el Departamento de Justicia le notifique al Panel sobre el Fiscal Especial Independiente la fecha del recibo de información sobre la comisión de actuaciones que pudieran ser objeto de investigación y posterior referido, para garantizar el pleno ejercicio de su jurisdicción, amplia la jurisdicción de la citada Ley sobre otros funcionarios públicos, dispone expresamente la facultad del Secretario de Justicia de recibir referidos del Gobernador de Puerto Rico y de otras entidades análogas con facultades investigativas, tales como las Cámaras Legislativas, de la Oficina del Contralor de Puerto Rico, de la Oficina de Ética Gubernamental, o de una agencia del Gobierno de los Estados Unidos de América; establecer que la solicitud de investigación o informe referido por dichos funcionarios o entidades se considerará causa suficiente para investigar.

El Proyecto de la Cámara 3711, crea la "Ley para la Administración e Intercambio Electrónico de Información de Salud de Puerto Rico", crea la Corporación de Intercambio Electrónico de Información de Salud de Puerto Rico, y crea la posición de "Coordinador de Informática Médica de Puerto Rico", a fin de cumplir con la política pública de salud del "HITECH Act" y con los requerimientos de la Oficina del Coordinador Nacional de Informática Médica en el Departamento de Salud Federal.

El Senado concurrió con las enmiendas sometidas por la Cámara en la siguiente medida:

El Proyecto del Senado 2046, radicado por el líder senatorial Thomas Rivera Schatz y los miembros de la mayoría, adopta la Ley de Ética Gubernamental de Puerto Rico de 2011, incorpora definiciones, establece la misión, autonomía y exclusiones de ley de la Oficina de Ética Gubernamental, establece el proceso para el nombramiento, el término, los requisitos y el sueldo, las restricciones del cargo, el procedimiento de selección, de separación y de destitución del cargo de la Dirección Ejecutiva, establece las facultades y poderes de la Oficina y de la Dirección Ejecutiva y el acceso a la información y a los servicios, establece las disposiciones sobre los Comités de Ética Gubernamental, su composición y juramentación, sus funciones y deberes, y las sanciones y las penalidades, establece las disposiciones sobre el Centro para el Desarrollo del Pensamiento Ético, su política de prevención, sus facultades y deberes, la educación continua y las sanciones.

Asimismo, este proyecto adopta el Código de Ética para los servidores públicos y ex servidores públicos de la Rama Ejecutiva, las prohibiciones éticas de carácter general, las prohibiciones relacionadas con otros empleos, contratos o negocios, las prohibiciones relacionadas con la representación de intereses privados conflictivos con las funciones oficiales, establece el deber de informar sobre situaciones de posibles acciones anti éticas o de conflicto de intereses, establece las restricciones para las actuaciones de los ex servidores públicos, establece las sanciones y penalidades de las violaciones al Código de Ética, tanto penales, civiles, administrativas o judiciales, adopta las disposiciones sobre informes financieros que aplican a los servidores y ex servidores públicos de la Rama Ejecutiva, Legislativa y Judicial, su aplicabilidad, la frecuencia y alcance de los informes financieros, la presentación y juramento de los informes, el contenido de los informes, las acciones relacionadas con los informes financieros, las prohibiciones relacionadas con el informe financiero y las sanciones y penalidades, tanto penales, civiles, administrativas o judiciales.

De igual forma, establece la inspección y el acceso público a los informes financieros, el acceso a entidades fiscalizadoras, las acciones contra los que suministren información no autorizada y la conservación de los informes financieros, adopta las disposiciones sobre candidatos a puestos electivos y nominados, el formulario de solvencia económica y ausencia de conflictos y la educación, adopta las disposiciones sobre la investigación, adjudicación y revisión judicial, establece disposiciones generales sobre la asignación de fondos, la separabilidad de disposiciones, la vigencia y la cláusula derogatoria, mediante la cual se deroga la Ley Núm. 12 de 24 de julio de 1985.

Powered by Microjuris.com