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Jueza declara no ha lugar pedido de excarcelación por compasión de Eddie Samir Rodriguez

15 de julio de 2022
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Por: Daniel Rivera Vargas 

La jueza del Tribunal Federal para el Distrito de Puerto Rico, Silvia Carreño Coll, declaró no ha lugar la solicitud de excarcelación por compasión pedida por Eddie Samir Rodríguez Berríos, el exagente de la policía condenado a pasar cárcel de por vida por el asesinato de su exesposa Yesenia Ortiz Acosta.

"Cuando hay muerte como resultado de un ‘carjacking’, como fue en el caso aquí expuesto, el acusado puede ser encarcelado de por vida o ser sentenciado a la muerte. Aquí la sentencia fue de por vida y este tribunal no encuentra razones, en esta coyuntura, para que cumplir solo 18 años de cárcel de una sentencia de por vida coincida con la severidad de la ofensa por la que él fue condenado", dijo la jueza en su orden.

La jueza indica que cuando se analiza una solicitud de excarcelación por compasión, el acusado debe basarse en circunstancias extraordinarias y convincentes. Rodríguez Berríos, actualmente preso en FCI Illinois, una cárcel de custodia media, no demostró esas circunstancias.

El expolicía solicitó la clemencia por varias razones, que la jueza evaluó una a una y las rechazó.

La primera de las razones del expolicía es que padece de la versión extendida por COVID-19. Rodríguez Berríos argumentó que dio positivo en diciembre de 2020, y aún sufre de mareos, dificultad respiratoria, alta presión y visión borrosa. La jueza determinó que el confinado está recibiendo tratamiento médico para estas condiciones.

El COVID-19 también fue la justificación usada para las duras condiciones, porque por la pandemia ha habido "cierres prolongados, falta de oportunidades educativas y recreacionales y la habilidad de que su familia lo visite". La jueza dijo que estas expresiones relacionadas con medidas para combatir la pandemia no arrojan luz sobre las "duras condiciones" alegadas.

También Rodríguez Berríos alegó que es la única persona que puede cuidar a su mamá y a una tía, que viven solas y necesitan ayuda y cuidado. La jueza indica que Rodríguez Berríos tiene hermanos que pudieran ofrecer este tipo de apoyo.

Asimismo, Rodríguez Berríos expresó que "se siente arrepentido de su pasada conducta y acciones, y pide disculpas a su familia y a la sociedad’ y que "inequívocamente acepta responsabilidad por su conducta". Además, indicó que ha participado en programas de rehabilitación. La jueza entiende que esto no cumple con "circunstancias extraordinarias y convincentes".

La jueza advierte que aunque el expolicía alega estar arrepentido, no hace una sola mención en su solicitud a la fallecida Ortiz Acosta, a la hija que tuvo con ella y que "a esta fecha su cuerpo no ha aparecido". La mujer desapareció el 15 de abril de 1999. En su sentencia de 2007, el hoy convicto dijo que no era responsable por el ‘carjacking’ en el que murió la mujer.

Rodríguez Berríos procuró cumplir el resto de su condena en su casa, pero la jueza dijo que en la medida que estaba denegando la solicitud de reducir la sentencia al tiempo cumplido, que no le corresponde a ella decidir dónde el condenado debe cumplir su condena de cárcel, sino al Negociado de Prisiones (BOP, por sus siglas en inglés).

El expolicía presentó el recurso por defensa propia porque solicitó que se le asigne abogado y la jueza federal resolvió que en esta etapa del proceso se trata de un asunto discrecional del tribunal y determinó que Rodríguez Berríos no recibiría este tipo de asistencia.

Rodríguez Berríos fue sentenciado en abril de 2007 por el recientemente fallecido juez Juan M. Pérez Giménez. El crimen, en el que el cuerpo de la mujer nunca apareció, fue considerado como uno de pena de muerte, aunque finalmente ese castigo fue descartado. Además de la condena de cárcel de por vida impuesta por el juez,  Rodríguez Berríos debe cumplir cinco años de sentencia supervisada.

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