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Juez federal cataloga como serios los cuestionamientos a reválida de abogacía

03 de febrero de 2022
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Por Daniel Rivera Vargas

El juez federal Francisco A. Besosa desestimó la demanda que impugnaba el límite a la cantidad de veces que una persona puede tomar la reválida para practicar la abogacía, pero no porque el argumento carezca de validez, por lo que parece dejar la puerta abierta a que otra persona lo plantee en el futuro.

Lee aquí la opinión del juez federal Francisco A. Besosa

El caso es desestimado porque estaba prescrito porque, en su análisis de leyes federales y estatales aplicables, Besosa dijo que la demandante Marilyn Navarro solo tenía un año para presentar la demanda.

"Los reclamos de Navarro sobre la reválida son serios. Sin embargo, desafortunadamente, el término de prescripción le impide a esta corte conceder algún tipo de remedio", indicó el juez.

El juez hace un análisis en dos vertientes para determinar cuándo comienza ese periodo de un año: por un lado, bajo debido proceso de ley dice que la demandante podría demandar desde marzo de 2006 cuando se entera que reprobó por sexta vez la reválida, o sea prescrita hace 14 años; por el otro, bajo Igual Protección de las Leyes, el juez recuerda que desde 2010 hay una ley estatal que dice que no deben imponerse límites a la cantidad de veces que se toma  ninguna reválida profesional en Puerto Rico, excepto a la abogacía, y una propuesta legislativa al Tribunal Supremo de 2012, por lo que al demandar en 2021 Navarro tenía la causa de acción prescrita hacía 9 años.

Pero, en la opinión y orden de Besosa, cuya sentencia se emitió el pasado lunes, el juez exhorta a que se reevalúen los contornos del examen y exhorta a una reforma al sistema de reválida, como según la orden ha sido solicitado por los decanos de las escuelas de derecho del país.

Los números de estudiantes que no pasan la reválida tiene incluso en peligro la acreditación de dos escuelas de derecho en el país, la Interamericana y la Católica, porque según la opinión de Besosa no cumplen con el porcentaje requerido de estudiantes que aprueben el examen de reválida a dos años de graduarse. Sólo otras tres escuelas de derecho de Estados Unidos enfrentan este reto.

Indicó que en la isla la cantidad de estudiantes que aprueba la misma es apenas el 33 a 38% entre 2017 a 2020%, muy por debajo del 54 a 69%de pasantía de los aspirantes a abogados en otras jurisdicciones de Estados Unidos.

El juez lamenta que haya "falta de transparencia" en el proceso de evaluar la reválida, y dijo que, en el proceso de reforma, para el que ya hay una comisión creada por el Poder Judicial, deben participar las escuelas de Derecho.

"Fallar en reformar una prueba defectuosa sería un pobre servicio a los miembros actuales y prospectivos de la profesión legal", dijo Besosa.

En este pleito, Navarro demandó en 2021 a la jueza presidenta del Tribunal Supremo de Puerto Rico, Maite Oronoz, y contra Héctor Rodríguez Mulet, director ejecutivo de la Junta Examinadora de Aspirantes al Ejercicio de la Abogacía y la Notaría, alegando que el límite de seis ocasiones para tomar la reválida era una violación a su derecho constitucional de propiedad y libertad para ejercer la profesión.

«El Tribunal Supremo de Puerto Rico y las escuelas de derecho deben cooperar en proteger la profesión legal de incompetencia, y prevenir la erosión en la confianza en la reválida de abogados», sostuvo Besosa.

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