» El futuro de la investigación legal está aquí OK

Industriales informan de nuevas dispensas de emergencia emitidas por la Junta de Calidad Ambiental

25 de octubre de 2017
COMPARTIR

La Asociación Industriales de Puerto Rico emitió un comunicado sobre las nuevas resoluciones de dispensas de emergencia emitidas por la Junta de Calidad Ambiental; lo reproducimos a continuación:

Nuestro Comité de Ambiente informa que la Junta de Calidad Ambiental, entendiendo la magnitud de la emergencia en la que se encuentra Puerto Rico y al estar también afectados sus operaciones y servicios debido a la emergencia, ha emitido a nuestra satisfacción las siguientes resoluciones para dispensas y procedimientos especiales.

1) R-17-25 Disposiciones sobre interrupción de términos y suspensión de procedimientos administrativos de la Junta de Calidad Ambiental (incluye renovaciones de permisos e informes regulatorios)

2) R-17-31 Procedimientos especiales de Emergencia de la Junta de Calidad Ambiental de conformidad con la Orden Ejecutiva del Gobernador de Puerto Rico, Hon. Ricardo Rosselló Nevárez OE-217-47 del 17 de septiembre de 2017. (Aclara y expande R-17-22)

3) R-17-22 Procedimientos especiales de Emergencia de la Junta de Calidad Ambiental de conformidad con la Orden Ejecutiva del Gobernador de Puerto Rico, Hon. Ricardo Rosselló Nevárez OE-217-47 del 17 de septiembre de 2017.

Resumen de resoluciones de Junta de Calidad Ambiental

R-17-25
Interrupción de términos y suspensión de procedimientos

  • Interrumpe términos de renovaciones de permisos, informes regulatorios, procedimientos administrativos, entre otros que vencen desde el 18 de septiembre hasta el 14 de noviembre, pero no los de LPAU.

R-17-31 y R-17-22
Generadores

  • Permisos: Dispensas y Autorizaciones para instalación y operación de generadores sin permiso o en exceso de tiempo permitido en permisos, pero tendrá que cumplir con una lista de requisitos en la resolución que incluye mantenimiento de registros y documentos.
  • Ruido y Opacidad: Prohibiciones y limites en cuanto a ruido y niveles de opacidad de gases de los generadores (No exento, ni dispensa-Ruido/opacidad).
  • Dispensa: No imputación de violaciones al Reglamento de Control de Contaminación Atmosférica mientras dure la emergencia e interrupción del sistema eléctrico.
  • Terminación: Una vez terminado el término de la resolución generadores sin permisos tendrán que solicitar el permiso que les aplique por reglamento o desinstalar el equipo inmediatamente.

Manejo de Desperdicios-Centros de Acopio

  • Acopio temporero: Autorización a municipios y Autoridad de Desperdicios Sólidos (ADS) a establecer centros de acopio temporeros hasta el 30 de noviembre, pero cumplirán con una lista de condiciones en la resolución.
  • Solo recibirán en Centro de Acopio: Escombros de construcción, demolición, material vegetativo, colchones («mattresses»), enseres electrodomésticos, muebles, fango y/o material mojado producto de inundaciones solamente
  • Segregación: Todo material tiene que estar segregado por cada categoría del anterior.
  • Ubicación: No puede estar el material sobre terreno, tiene que ser sobre superficies en concreto o prevengan percolación al terreno
  • Prohibido: Desperdicios Industriales, biomédicos, animales muertos, comida, orgánico que se descomponga («basura regular doméstica»)

Recolección y Transporte de Desperdicios

  • Dispensa para transportar desperdicios no-peligrosos a los centros de acopio sin un permiso DS-1 de transportación de la JCA.
  • No se provee dispensa de permiso DS-1 para transportadores que lleven material del Centro de Acopio al Relleno Sanitario. Estos tienen que tener permiso DS-1 de transportación de JCA.

Manejo de Desperdicios – Autoridad de Carreteras y Transportación

  • Establece reglas para manejar en centros de acopio una lista de desperdicios a consecuencia de los trabajos de limpieza y reparación a causa de la emergencia.

Movimiento de Terrenos y Depósitos de Material de Corteza Terrestre (Relleno)

  • Autorización a municipios, Autoridad de Carreteras y Transportación y cualquier entidad privada contratada por el Gobierno de Puerto Rico o el Gobierno Federal de US para atender situaciones durante esta emergencia, hasta el 30 de noviembre, condicionado a cumplir con requisitos en la resolución de control de erosión y sedimentación.

Aplica sólo a situaciones relacionadas al Huracán María.

Powered by Microjuris.com