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Hostigamiento sexual no podrá resarcirse con fondos públicos

07 de junio de 2021
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Estatus: Pasa a la Comisión de lo Jurídico de la Cámara

El Senado de Puerto Rico aprobó en votación unánime el Proyecto del Senado 135, para disponer que la compensación de daños por hostigamiento sexual en el empleo deberá ser sufragado con los recursos propios de la persona responsable.

La medida prohíbe el desembolso de fondos públicos para pagar por estos daños.

El proyecto, de la autoría de las senadoras Rosamar Trujillo Plumey y Migdalia González Arroyo, enmienda la Ley para Prohibir el Hostigamiento Sexual en el Empleo para establecer que en los casos donde se adjudique responsabilidad solidaria y vicaria al Gobierno de Puerto Rico, sus instrumentalidades y corporaciones públicas, así como de los gobiernos municipales, por actos de hostigamiento sexual en el empleo, podrán exigir la restitución, nivelación o reembolso de todos los fondos públicos pagados a las víctimas.

La pieza legislativa ya fue referida para el análisis de la Comisión de lo Jurídico de la Cámara de Representantes.

Descarga el Proyecto del Senado 135

El informe legislativo destaca que la política pública imperante contra el hostigamiento sexual en el empleo establece, como punto cardinal, la obligación de los patronos a prevenir, prohibir y erradicar todo acto, o indicio, de esta conducta.

Sin embargo, en aquellas circunstancias donde un Tribunal determina que se ha configurado el hostigamiento sexual en el empleo, el patrono no es hallado responsable de forma automática ante dicha conducta. En aquellos casos donde el patrono demuestre haber actuado inmediata y apropiadamente, quedará relevado de responsabilidad.

El informe senatorial destaca que bajo el Proyecto del Senado 135 no está en discusión el deber primario de todo patrono, sea público o privado, de prevenir, y atender, oportuna y diligentemente, los señalamientos y alegaciones formuladas por sus empleados. En cambio, la intención legislativa es atender el malestar social que provoca el uso de fondos públicos luego que un Tribunal determina que el patrono público soslayó su deber y responsabilidad.

El análisis legislativo asegura que según aprobado por Senado, el Proyecto del Senado 135:

  • mantiene inalterada la responsabilidad civil del Estado de responder ante reclamaciones por hostigamiento sexual en el empleo;
  • sostiene la responsabilidad y deber primario del Estado, como patrono, de prevenir, prohibir y erradicar el hostigamiento sexual en el empleo; y
  • integra expresamente la figura del derecho a la nivelación en la ley

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