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Gobernadora concede inmunidad a centros y profesionales de la salud

22 de abril de 2020
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La gobernadora Wanda Vázquez Garced firmó la Orden Ejecutiva 2020-036 para proveer inmunidad a las facilidades y los profesionales de la salud que asisten al gobierno de Puerto Rico durante la emergencia por COVID-19.

La orden extiende la inmunidad a las facilidades y profesionales de la salud que «sin apartarse de la mejor práctica de la profesión y mediando la prestación de servicios de salud bajo el estándar de cuidado razonable bajo la emergencia del COVID-19, se le impute haber incurrido en mala práctica de la medicina y/o negligencia«.

El propósito de la orden, según expone en la novena sección, es establecer inmunidad «sobre cualquier reclamación y/o responsabilidad impuesta por daños y perjuicios sufridos por un caso de alegada impericia médica y/o reclamación por negligencia a las facilidades y a los profesionales envueltos en el tratamiento de pacientes admitidos en sala de emergencia, referidos, transferidos, recibidos por un traslado o trasladados a otra institución».

Sin embargo, la inmunidad no procederá cuando se trate de actos u omisiones que constituyan un crimen, delito, fraude, cuando medie malicia o negligencia crasa, en actos intencionales o en aquellos que constituyan una reclamación falsa.

La orden ejecutiva define facilidades de salud como «cualesquiera de los establecimientos que se dedican a la prestación de servicios a la comunidad de diagnóstico, tratamiento y/o cuidado médico y/o tratamiento obstétrico tales como hospitales generales y especiales, Centros de Diagnóstico y Tratamiento, centros de rehabilitación, facilidades de cuidado extendido, casas de salud, centros de rehabilitación, centros de enfermedades renales, incluyendo unidades ambulatoria de hemodiálisis, centros de cirugía ambulatoria, programas de servicios de salud en el hogar, laboratorios clínicos, facilidades radiológicas, consultorios médicos, clínicas de salud, servicios de telemedicina, servicios médicos al hogar, departamentos de tele-consulta, entre otros».

La orden define profesional de salud como la persona autorizada a «proveer servicios de cuidado de salud mediante licencia, certificación o autorización emitida por el gobierno de Puerto Rico incluyendo, pero sin limitarse a los médicos, médicos especialistas, médicos practicantes, servicios médicos mediante tele-consulta, enfermeras, enfermeras practicantes, dentistas, terapistas respiratorios, terapistas ocupaciones, anestesiólogos, paramédicos, voluntarios y otros proveedores de salud que estén asistiendo los esfuerzos del gobierno de Puerto Rico durante los esfuerzos de respuesta a la emergencia por COVID-19».

Además, la orden considera la disponibilidad de suplidos médicos quirúrgicos y equipo.

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