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Exigen plan de trabajo e informe de cumplimiento con métricas ante posible cancelación del contrato de sistema eléctrico

30 de agosto de 2022
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El Senado de Puerto Rico aprobó legislación para ordenar a la Autoridad de Energía Eléctrica y a la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas a que presenten, en un término no mayor de 20 días, un plan de trabajo completo ante la posible cancelación del contrato a LUMA Energy, LLC., ya sea por incumplimiento con lo dispuesto en el contrato o por el vencimiento de la fecha del contrato suplementario.

De igual forma, aprobó ordenar al Negociado de Energía de Puerto Rico a que presente, en igual término de tiempo, un informe detallado de las métricas de cumplimiento adoptadas para medir la adecuada ejecución del contrato otorgado a LUMA Energy.  También deben presentar las evaluaciones realizadas por el Negociado de Energía a las ejecutorias de la entidad al amparo de las métricas establecidas en el contrato; así como de las métricas o parámetros de cumplimiento adicionales que deberían requerirse a un nuevo operador ante la posible cancelación del contrato a LUMA Energy.

Lee las medidas aprobadas: Resolución Conjunta del Senado 326 y   Resolución Conjunta del Senado 327

Las medidas hacen constar que el acuerdo firmado el 22 de junio de 2020 entre LUMA Energy, LLC., la Autoridad de Alianzas Público-Privadas de Puerto Rico y la Autoridad de Energía Eléctrica de Puerto Rico tiene como fin principal el funcionamiento de la transmisión y distribución del sistema eléctrico de la isla. El contrato se ha anunciado como un acuerdo de operación de transmisión y distribución y se organiza como una asociación público-privada.  El mismo se rige por la Ley 29-2009, según enmendada, conocida como Ley de Alianzas Público Privadas y por la Ley 120-2018, según enmendada, conocida como Ley de Transformación del Sistema Eléctrico de Puerto Rico.

Además, se detalla que el contrato suplementario dispone de un período de transición inicial con duración de dieciocho (18) meses. Durante este período, la AEE debe, entre otras cosas, culminar el proceso de quiebra bajo el Título III de la Ley PROMESA y cumplir con una serie de condiciones precedentes para el inicio de operaciones. De surgir algún incumplimiento con lo anteriormente expuesto, tanto el contrato en su totalidad, como el contrato suplementario, serían cancelados automáticamente, a menos que, la Autoridad para las Alianzas Público-Privadas solicite una extensión de dicho término y las partes consientan a dicha extensión. Este contrato suplementario vence el 30 de noviembre de 2022.

Ambos mandatos legislativos fueron aprobados mediante Resoluciones Conjuntas que pasan ahora a la consideración de la Cámara de Representantes. Las propuestas fueron presentadas por el presidente del Senado, José Luis Dalmau.

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