Exención patronal del bono navideño de Puerto Rico (2014)

12 de noviembre de 2014
COMPARTIR

Exención patronal del bono navideño de Puerto Rico (2014)El Departamento del Trabajo y Recursos Humanos notifica que los patronos que soliciten ser eximidos del pago de la totalidad o parte del bono de Navidad a sus empleados por alegar pérdidas económicas o ganancias insuficientes deben presentar para el 30 de noviembre de cada año, o antes, el Estado de Situación y Estado de Ingresos y Gastos debidamente revisado por un contador público autorizado (CPA) con licencia para ejercer la contabilidad pública en Puerto Rico.


Este año la fecha de vencimiento es domingo y, por tanto, se extiende hasta el lunes, 1 de diciembre de 2014 para someter dichos estados financieros.

El periodo comprendido en el Estado de Situación y el de Ingresos y Gastos es entre el 1 de octubre del año anterior al bono hasta el 30 de septiembre del año corriente (en que se debe pagar bono).

Quien no cumpla con estos términos vendrá obligado a pagar en su totalidad el bono de Navidad a sus empleados, aún cuando no haya obtenido ganancias o haya incurrido en pérdidas en el negocio, o estas no sean suficientes para costear la totalidad del bono.

Para este año 2014, las empresas con más de 15 empleados durante algún momento pagarán un bono equivalente al 6%. Las que tengan 15 empleados o más pagarán un bono equivalente al 3% de los totales de los salarios computados hasta un máximo de diez mil (10,000) dólares.

Las nuevas empresas que se han acogido a los incentivos de la Ley Núm. 1 del 10 de febrero de 2013 ("Ley de Empleos Ahora") no podrán solicitar al Secretario del Trabajo la exención del pago de bono de Navidad establecida bajo la Ley Núm. 148, supra, mientras se acojan a los beneficios de esta ley. El pago de bono de Navidad de estas empresas estará sujeto a lo dispuesto en el Artículo 4.5 de la Ley Núm. 1, supra.

Los documentos requeridos tienen que ser originales e incluir el nombre jurídico y comercial de la empresa, número de seguro social patronal, dirección física y postal, teléfono de la empresa o de su representante autorizado, naturaleza del negocio y número de empleados.

Para más información pueden comunicarse con la oficina central del Negociado de Normas de Trabajo al 787-754-2100 ext. 2450 o 2451 o con cualquiera de las oficinas de área del Negociado de Normas a través de la isla.

Powered by Microjuris.com