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Exclusión del testimonio de madre de co-conspirador fallecido constituye error perjudicial

07 de marzo de 2015
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Exclusión del testimonio de madre de co-conspirador fallecido constituye error perjudicialDescarga el documento: United States v. Ocasio-Ruiz

Kyvani Ocasio Ruiz resultó convicto por hurto de vehículo mediante "carjacking" y el asesinato de Joseph A. Seymour. La prueba de la fiscalía federal se fundamentaba en el testimonio de un co-conspirador convertido en testigo cooperador. El testimonio indicaba que el testigo, junto con Ocasio Ruiz, Luis Maldonado Castro, y otros co-conspiradores, asaltaron y robaron el vehículo a Joseph Seymour y lo interrogaron porque sospechaban que este había estado hablando con una pandilla rival de narcotraficantes. Según el testigo, este y Ocasio Ruiz se sentaron en el asiento de atrás, a cada lado de Seymour. Luego escuchó a Ocasio Ruiz pedir un arma de fuego a Maldonado Castro y se produjo un disparo. El testigo alega que Seymour murió a causa del disparo que produjo Ocasio Ruiz.

Maldonado Castro murió antes de comenzar el juicio pero la defensa se dispuso a traer a su madre a testificar. Según la defensa, la madre de Maldonado Castro testificaría que poco antes de morir, Maldonado Castro le dijo que fue él quien asesinó a Seymour y que actuó solo. La defensa sostuvo que el testimonio de la madre de Maldonado Castro era prueba de referencia admisible, bajo la excepción de declaraciones contra interés por un testigo no disponible.

El Tribunal de Distrito no permitió el testimonio concluyendo que el mismo es prueba de referencia no admisible, ya que una declaración contra interés es sólo admisible cuando hay suficiente corroboración de la declaración del testigo no disponible. El ex juez asociado del Tribunal Supremo de los Estados Unidos, David H. Souter (ocupando temporalmente un escaño en el Primer Circuito), revocó la convicción y devolvió el caso al Tribunal de Distrito.

Explica el juez Souter que su razonamiento para no permitir el testimonio de la madre de Maldonado Castro fue erróneo ya que se ha reconocido por el Primer Circuito que declaraciones contra interés hechas a un familiar cercano tienen en sí indicios de confiabilidad que sirven de corroboración suficiente.

El juez Souter concluyó que la exclusión de dicho testimonio constituyó un error perjudicial, ya que no pudo concluir que el veredicto del jurado no sería distinto de haber considerado el testimonio de la madre de Maldonado Castro, y por esa razón el error del Tribunal de Distrito conlleva la revocación de la convicción.

En adición, y aunque tras revocar la convicción no tenían que entrar en ello, el juez Souter señala que la sentencia dictada por el juez José A. Fusté para el primer cargo era contra derecho. A Ocasio Ruiz se le sentenció a prisión de por vida. La ley indica que la pena máxima que se le puede imponer a un convicto de asesinato durante un hurto de vehículo mediante "carjacking" es prisión de por vida. Sin embargo, a Ocasio Ruiz se le acusó de conspiración para cometer "carjacking", no de cometer "carjacking" en sí. La acusación se materializó bajo la ley federal general de conspiración, por lo que la pena máxima por dicho cargo es de 5 años.

Reseña por el Lcdo. Cristian González

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