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Enmiendas al proyecto que restringiría el aborto obligaría a la comunidad médica a rebatir presunciones legales

07 de junio de 2022
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Más allá de buscar que una víctima de violación que no cumpla con una serie de excepciones pueda optar por la inducción de un parto prematuro si el procedimiento se realiza después de las 22 semanas de gestación, el Proyecto del Senado 693, que busca restringir el aborto, provocaría que la comunidad médica tenga que rebatir presunciones legales.

Lee aquí el informe positivo de la medida 

Y es que, según reza la medida, «para propósitos de esta ley se presumirá viable todo concebido en el vientre materno de veintidós (22) semanas o más de gestación. Esta presunción puede ser rebatida por un facultativo médico debidamente licenciado y autorizado a ejercer la medicina en Puerto Rico que mediante la implementación de las mejores prácticas de la medicina, en el ejercicio de su criterio médico, determine que dicho concebido no podrá sobrevivir independiente de su madre o que padece de una anomalía fetal incompatible con la vida».

Sobre este tema, y la inclusión de otras enmiendas, como el término de la anomalía fetal incompatible con la vida, conversamos con la licenciada Mayte Bayolo Alonso y Yanira Reyes Gil, socióloga, abogada y profesora de la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana de Puerto Rico.

Bayolo Alonso destacó que esto podría provocar un aumento en los casos de médicos demandados para rebatirlas.

"Este proyecto incluye una presunción que tiene que rebatir la persona de la comunidad médica en el momento de llevar a cabo una interrupción de embarazo posterior a la viabilidad, como se define en el proyecto. O sea, vamos a tener médicos que van a tener que rebatir presunciones legales. Definitivamente, podría ocurrir porque es una presunción legal", agregó la licenciada, quien destacó que las presunciones legales se atienden en los tribunales.

Una presunción es una deducción de un hecho que la ley autoriza a hacer o requiere que se haga de otro hecho o grupo de hechos previamente establecidos en la acción.

Otra enmienda que se introdujo fue que se eliminó la presencia de un segundo médico en todo procedimiento de terminación de un embarazo en la «etapa gestacional de viabilidad», con el propósito de brindar atención médica si el feto sobrevive durante el proceso. También, en el registro que se crearía con la aprobación de la medida, se elimina el requisito de presentar un informe cada siete días, y se establece que debe ser presentado mensualmente.

Comisión de Asuntos de Vida y Familia del Senado aprueba proyecto que restringe el aborto

Como parte de las enmiendas incluidas, se encuentran una serie de excepciones, estas son:

  1. Cuando la decisión de terminación de embarazo está fundamentada en el juicio médico ante una emergencia médica
  2. Cuando un facultativo médico diagnostique una anomalía fetal incompatible con la vida
  3. Cuando un médico licenciado para ejercer la medicina en Puerto Rico rebata la presunción de viabilidad, determinando, a la luz de las mejores prácticas de la medicina, que el concebido de veintidós (22) semanas o más de gestación no podrá sobrevivir independiente de su madre fuera del vientre materno

Si la mujer gestante no cumple con ninguna de estas excepciones a partir de las 22 semanas, podría optar por la inducción de un parto prematuro.

"En caso de embarazo por violación, de no cumplirse con ninguna de las excepciones dispuestas en este artículo, si la madre no desea continuar con su embarazo, en algún momento luego de cumplidas las 22 semanas de gestación, esta podrá optar porque le induzcan un parto prematuro, siempre y cuando el médico determine que la inducción del parto prematuro no pondrá en peligro la vida de la madre y ofrezca posibilidades de sobrevivencia a la criatura luego del parto", lee la última versión de la pieza legislativa.

Según la enmienda introducida, si el feto sobrevive al proceso, podría ser dado en adopción o la entrega voluntaria.

"Le impone, también, a la comunidad médica, unos requisitos de evaluación a sus criterios adicionales. Ahora no solo sería lidiar con tener al frente tuyo una mujer que fue violada, sino que ahora se elimina el criterio médico y el criterio de la mujer porque hay que cumplir con estos requisitos. Los médicos en Puerto Rico han dicho que no hay viabilidad a las 22 semanas. Eso va a obligar, para cumplir con esta ley, que ese médico o médica tengan que esperar para que entonces ese feto sea viable, y entonces se induzca un parto prematuro", dijo Bayolo Alonso.

Por su parte, Reyes Gil destacó que la enmienda introducida es una disposición que niega totalmente la humanidad de las personas gestantes, le quita todo el control sobre su vida, cuerpo y salud física-mental.

"En esta enmienda en particular, me parece que es una enmienda bien cruel y perversa. Fíjate que manifiesta que el interés no es la protección de las mujeres o personas embarazadas, ni de los futuros bebés, es controlar el cuerpo de las mujeres aun en situaciones tan terribles como una violación. Cuando se establece que una persona quedó embarazada por una violación, y ya está sobre las 22 semanas de gestación, la alternativa de que se le induzca un parto prematuro no responde a la carga emocional que puede tener esto para la persona violada y tiene efectos adversos a la salud de ese bebé", destacó Reyes Gil.

Aseguró, además, que la aprobación de este proyecto tendrá un efecto adverso en las personas pobres. "El costo de mantener un bebé prematuro vivo es altísimo. El estado tendría que asumir esos casos en los cuales la persona decida hacer una entrega voluntaria o un proceso de adopción. Este proceso de adopción se habla como si fuese un tema muy sencillo y accesible para todo el mundo", añadió.

Antes, el proyecto tenía solo dos excepciones para practicar un aborto a partir de la semana 22. Una de ellas era que se pusiera en peligro la vida de mujer o en peligro de una incapacidad sustancial e irreversible de una función corporal primaria.

Trámite legislativo pendiente

Con 11 votos a favor y cuatro en contra quedó aprobado la semana pasada en la Comisión de Asuntos de Vida y Familia del Senado el informe y entirillado con enmiendas del Proyecto del Senado 693, que restringiría el aborto.

La medida ahora está ante la Comisión de Reglas y Calendario del Senado, por lo que podría ser atendida en la sesión ordinaria. Luego, el Proyecto del Senado 693 sería llevado a votación al hemiciclo, y si cuenta con los votos, pasaría a estar bajo la consideración de la Cámara de Representantes.

Hoy, martes, la Comisión de Asuntos de la Mujer a través de su presidenta Migdalia González Arroyo convocó una reunión ejecutiva para llevar a votación el informe del Proyecto del Senado 693.

Aunque la comisión emita un informe negativo, según el reglamento del Senado en la Sección 32.1, "de surgir diferencias entre las comisiones sobre una medida o asunto, el Senado considerará en primer orden el informe radicado por la Comisión con jurisdicción primaria".

A favor:

Joanne Rodríguez Veve, Ramón Ruiz Nieves, Albert Torres, Rubén Soto, Ada García, Henry Neumann, Marissa Jiménez , José Luis Dalmau, Marially González, Javier Aponte Dalmau y Thomas Rivera Schatz

En contra:

José Vargas Vidot, Ana Irma Rivera Lassén, María de Lourdes Santiago y Migdalia González Arroyo.

El proyecto prohíbe que se lleve a cabo la terminación del embarazo en «etapa gestacional de viabilidad».

La propuesta legislativa define «etapa gestacional de viabilidad» como «aquel concebido que ha alcanzado un estado de gestación y desarrollo intrauterino que a juicio de un profesional médico licenciado en Puerto Rico le permitiría mantenerse vivo independiente de la madre, con o sin ayuda de métodos artificiales para la preservación de su vida».

Los trabajos de esta tercera sesión ordinaria finalizan el domingo, 25 de junio.

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