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Por el Lcdo. Rafael Rodríguez-Muriel (Ferraiuoli LLC)
El 21 de diciembre de 2023, la empresa Apple, Inc. (en lo sucesivo, «Apple») tuvo que suspender la venta de ciertos modelos (i.e., Series 9 y Ultra 2) del popular Apple Watch.
La medida surgió en respuesta a una decisión emitida por la Comisión de Comercio Internacional de EE. UU. (ITC, en inglés), mediante la cual dictaminó en octubre del 2023 que los modelos en cuestión infringían ciertas patentes relacionadas con tecnología de oximetría de pulso fabricada por Masimo, una empresa de tecnología médica, y que por lo tanto, Apple estaba impedida de poder ofrecer a la venta dichos modelos.
En vista de los anterior, Apple apeló el fallo de la ITC ante el Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Circuito Federal y solicitó la suspensión a la prohibición de la venta de los productos en cuestión mientras se dilucida la controversia ante dicho tribunal.
Así las cosas, el 27 de diciembre de 2023, el Circuito Federal suspendió temporalmente la prohibición emitida por la ITC mientras considera la moción de Apple.
En las próximas semanas sabremos cual será el curso que tomará el caso, ya sea si las partes llegan a un acuerdo transaccional, o si se reafirma o revoca la decisión de la ITC.
De todos modos, el caso es un claro ejemplo del alcance del poder de una patente de invención para proteger la tecnología propietaria de una empresa.
La misma brinda a su titular el derecho de impedir el uso, venta, oferta a la venta o importación a los EE. UU. (incluyendo a Puerto Rico) de cualquier producto de un tercero que contenga todos los elementos del invento reclamados en la patente, independientemente de que el alegado infractor sea la empresa más grande del mundo, como Apple en este caso.