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[DOCUMENTO] Senado aprueba inyección económica a hospitales privados

06 de abril de 2020
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El Senado de Puerto Rico aprobó en Sesión del lunes, 6 de abril 2020 legislación que propone una inyección económica para los hospitales privados que están trabajando con la emergencia del COVID-19. La medida serviría como incentivo para evitar los despidos de personal en momentos en que se registran aumentos en casos de personas infectadas.

La Resolución Conjunta del Senado 507, de la autoría del presidente Thomas Rivera Schatz, ordena al Departamento de Hacienda a otorgar incentivos económicos a todos los centros de atención médica privados, como hospitales, Centros de Diagnóstico y Tratamiento, y Centros de Salud Familiar, como medida de apoyo a la industria privada de servicios de salud de Puerto Rico ante la emergencia de salud pública que supone el COVID-19.

El Departamento de Hacienda ofrecería incentivos mensuales a los hospitales, Centros de Diagnóstico y Tratamiento, y Centros de Salud Familiar para la operación y gastos de funcionamiento de sus salas de emergencias por los meses de abril, mayo y junio 2020 a ser distribuidos como sigue:

  • Por cada cama autorizada abierta en hospitales ($5,000.00).
  • Centros de Diagnóstico y Tratamiento y Centros de Salud Familiar con salas de emergencias con una operación menor de 24 horas ($150,000.00).
  • Centros de Diagnóstico y Tratamiento y Centros de Salud Familiar con sala de emergencia 24 horas ($250,000.00).

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La medida dispone que los fondos de la Resolución Conjunta serían transferidos a la instituciones de salud con el único propósito de garantizar las operaciones ininterrumpidas durante el paso de esta emergencia. Además, autoriza al Departamento de Hacienda a utilizar los fondos del Fondo de Emergencia, creado por virtud de la Ley Núm. 91 del 21 de junio de 1966, según enmendada, y cualquier otro fondo estatal o federal que se identifiquen para la consecución de los propósitos de la medida.

Se incluye también autorización para que la agencia realice la reprogramación presupuestaria necesaria, siempre que notifiquen a la Asamblea Legislativa y esta no objete en un término de (5) días.

Cualquier objeción deberá hacerse mediante Resolución Concurrente aprobada por ambos cuerpos. Esto tendrá el efecto de detener la reprogramación de fondos.

Asimismo, la resolución dispone como medida adicional ordenar a la Autoridad de Energía Eléctrica y a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados para que exoneren a los hospitales, Centros de Diagnóstico y Tratamiento, y Centros de Salud Familiar del pago de luz y agua, respectivamente, por concepto de los meses de abril, mayo y junio de 2020.

La medida fue aprobada con 19 votos a favor y pasa ahora a la consideración de la Cámara de Representantes.

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