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Crédito de hasta $6,500 es aprobado en Senado

11 de junio de 2021
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Estatus: Pasa a la Cámara de Representantes

El Senado aprobó un proyecto sustitutivo a a la medida de administración que enmienda el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011 para incorporar las disposiciones del crédito por trabajo disponibles a los ciudadanos americanos a través del Código de Rentas Internas Federal de 1986 y hacerlas extensivas a las personas que residen en Puerto Rico.

La medida fue presentada al pleno por el senador Juan Zaragoza, presidente de la Comisión de Hacienda, Asuntos Federales y Junta de Supervisión Fiscal y fue aprobada en votación unánime.  La medida pasa ahora a la consideración de la Cámara de Representantes.

El Sustitutivo del Proyecto del Senado 280 implementa la recién legislada expansión del programa de Crédito por Trabajo federal a Puerto Rico. Esta inclusión de Puerto Rico en el programa federal se realiza conforme a la ley del Plan de Rescate Estadounidense de 2021 (HR 13-19-117) por lo que la medida de administración equipara el beneficio otorgado en la ley federal para el ámbito estatal.

Descarga el Proyecto Sustitutivo del Proyecto del Senado 280

La legislación realiza cambios para adaptar la propuesta a las condiciones locales que se argumenta que implementar el Crédito por Trabajo Federal como está diseñado actualmente en los Estados Unidos no funcionaría para Puerto Rico en términos de cumplir con los objetivos de política pública de reducir la pobreza, aumentar la participación laboral y disminuir la economía informal.

Por lo cual, los cambios propuestos bajo ARPA le dan a Puerto Rico una oportunidad única para financiar este programa para alcanzar los objetivos de desarrollo económico deseados.

La medida expone que el programa federal está diseñado para una economía con muy pocas personas que ganan el salario mínimo (al contrario de Puerto Rico) y personas o parejas que tienen uno o más hijos calificados (en comparación con los bajos niveles de natalidad en Puerto Rico).

Es por esto, que cuando se aplican las guías de beneficios del EITC federal a Puerto Rico, una persona sin hijos que gane más de $ 15,080 por año o aproximadamente $7.25 por hora (mínimo federal), tendría derecho apenas a $64 anuales de EITC. De manera similar, las parejas casadas sin hijos que ganan más de $ 21,740 al año no cualificarían para ningún monto de crédito por trabajo.

¿Qué enmiendas fueron aprobadas en Senado?

  • Aumento de Beneficios a los Trabajadores sin hijos: Un aumento en el EITC para trabajadores sin hijos, ya que, por la realidad demográfica de Puerto Rico, hay una gran concentración de trabajadores cerca o bajo el nivel de pobreza que no tienen dependientes. El beneficio máximo del P. del S. 280 para esta población era de $543, el beneficio máximo luego de esta enmienda será de $1,500
  • Cambio en la estructura de beneficios, tasa de participación y salida de beneficios del Programa: Variación en la estructura de beneficios que  presentaba el P. del S. 280 (calcando el modelo federal), a modo de adecuarlos a los niveles de pobreza, tasa de participación laboral y la realidad demográfica de los y las trabajadoras puertorriqueños.
  • Inclusión de menores de 27 años al programa de beneficios: Enmienda dirigida a atajar la emigración juvenil, se incluye como beneficiarios a los jóvenes desde los 19 años.
  • Incorporación de una segunda ronda de beneficios: Se pretende asegurar que el gasto del programa alcance los $800 millones de dólares a la vez que se aumenta el beneficio y se promueve una mayor participación laboral y reducción de pobreza.
  • Ajustes por Despoblación: Enmienda responde a preocupación de Espacios Abiertos, el Center on Budget and Policy Priorities, y la Junta de Supervisión Fiscal para atender la incorporación de una segunda ronda de beneficios.
  • Mandato al secretario para buscar desembolso en periodos más cortos de tiempo:  Se  ordena al Secretario el desarrollo de un plan estratégico y operacional para la identificación e implementación de eficiencias administrativas dirigidas a la reducción del período de procesamiento de información requerido bajo dicho crédito con el objetivo de lograr un desembolso semestral, trimestral o idealmente mensual de los beneficios.
  • Monitoreo Anual y Accesibilidad de Datos: Esta enmienda, propuesta por la Espacios Abiertos y el Center on Budget and Policy Priorities establece un andamiaje legal y administrativo que permita la supervisión y el estudio efectivo del funcionamiento del Programa, incluyendo la tasa de participación, salida de beneficios y estructura de beneficios del Programa.
  • Ajustes por Inflación: Otra propuesta de Espacios Abiertos y el Center on Budget and Policy Priorities y la Junta de Supervisión y Asesoría Fiscal de Puerto Rico, tiene como propósito requerir el cómputo automático de la inflación anual a modo de cuantificar la pérdida de poder adquisitivo de los beneficios distribuidos a través el Programa a los contribuyentes elegibles.

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