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COLUMNA – Lupus in fabula

08 de junio de 2023
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Las columnas deben enviarse a mad@corp.microjuris.com y deben ser de 600-800 palabras. 

Por Daniel Beltrán Torres, Ayudante Especial en la Oficina del Inspector General (OIG)

La sana administración pública es el norte ideal de un sistema democrático donde la gente es dueña de su gobierno. Ahora bien, ese concepto es precedido por principios políticos, articulados en un marco jurídico constitucional que organiza y viabiliza una estructura de gobierno.

La gobernanza es la respuesta integral más reciente al problema de la capacidad y eficacia del gobierno en la dirección de los asuntos públicos. Claro está, nada de esto es posible sin un sistema organizado de garantías de seguridad, intervención y trasparencia que acredite a la ciudadanía que los recursos de la jurisdicción tengan el uso indicado con el fin público para lo cual se destinan.

También se articulan dichas garantías en un sistema que vincula la gestión pública a mecanismos de rendición de cuentas. Maurice McTigue define la transparencia como «[e]l proceso que requiere que revelemos, sustantivamente y con veracidad, nuestro desempeño a aquellos que tienen el derecho a saberlo».

Para viabilizar lo anterior, a la vez que las distintas instituciones públicas descargan su responsabilidad ministerial, en paralelo operan las instituciones creadas para fiscalizar la gobernanza desde su acepción administrativa.

En este contexto, la fiscalización institucional del sector público es un factor socialmente vital que marca la diferencia en la vida de los ciudadanos.

Además, tiene un impacto neurálgico en la confianza de la sociedad, puesto que hace que los responsables de los recursos públicos piensen cómo utilizar correctamente dichos recursos. Tanto el texto de la ley, planes de trabajo y políticas públicas de buen gobierno no gozan de perfección operativa. Entiéndase, los riesgos siempre están presentes en la administración pública, sea por error humano o por conductas desviadas.

La tarea del que fiscaliza es siempre encontrar el lobo en la historia (lupus in fabula). La frase, de origen italiano, nos enseña que siempre hay un obstáculo inesperado a la vuelta de la esquina, y nos obliga a mitigar errores y conductas no deseadas, incluso cuando desde la superficie todo parece correcto.

La Ley Núm. 15-2017, según enmendada, conocida como la «Ley del Inspector General de Puerto Rico», creó la Oficina del Inspector General (OIG) con el propósito de fortalecer los mecanismos de prevención, fiscalización, investigación y auditoría de la gestión gubernamental.

En términos generales, la OIG tiene la responsabilidad de coordinar y fortalecer los esfuerzos gubernamentales para promover la integridad y eficiencia, así como prevenir y detectar toda actividad fraudulenta en el manejo de fondos públicos, ya sean estatales o federales.

La OIG es una pieza integral —junto a otras instituciones homólogas— en el rol de fiscalización en Puerto Rico, además de ser un referente en todo lo concerniente a auditoría gubernamental.

Como parte del descargue de las funciones educativas de la OIG, y de visibilizar nuestras ejecutorias y expertise, entendemos prudente utilizar herramientas mediáticas para materializar la discusión de diversos temas que atañen a la sana administración pública que tanto procuramos.

Es por eso, que damos la bienvenida a un nuevo espacio para la OIG en este medio especializado para discutir temas como:

  1. contratación gubernamental
  2. ejecución y análisis del Código Anticorrupción (Ley Núm. 2-2018)
  3. formulación de presupuesto
  4. entre otros temas

En resumen, este nuevo espacio mediático nos permite fortalecer nuestra labor educativa y difundir nuestras acciones y conocimientos. A través de él, la OIG podrá abordar temas de vital importancia para la sana administración pública. Estamos emocionados por la oportunidad de desarrollar estos temas y compartirlos con todos ustedes. ¡Bienvenidos a este nuevo espacio de discusión!

Para más información sobre la Oficina del Inspector General puede acceder a su página electrónica www.oig.pr.gov o comunicarse al (787) 679-7997.

Las columnas deben enviarse a mad@corp.microjuris.com y deben ser de 600-800 palabras. 

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