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Colegio de Abogados declarado inconstitucional en Rep. Dominicana

23 de enero de 2014
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Colegio de Abogados declarado inconstitucional en República DominicanaUn recurso de inconstitucionalidad contra la Ley 91, de 1983, Gaceta Oficial 9606, que instituye el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) fue sometido hace 13 años. El licenciado Manuel Ramón Tapia López, mediante instancia del 18 de octubre de 2001, apoderó a la Suprema Corte de Justicia, en funciones de Tribunal Constitucional, para que proclame la inconstitucionalidad íntegra de la ley. Sin embargo, no fue fallado por la sala de la Suprema Corte de Justicia que fue apoderada para su conocimiento y decisión.

De interés:


El pasado 26 de diciembre 2013, el Tribunal Constitucional de la República Dominicana, a través de la SENTENCIA TC/0274/13, declaró la inconstitucionalidad de la ley indicando que "adolece de un vicio de procedimiento en su formación en razón de que no fue aprobada de conformidad con lo dispuesto en la Carta Sustantiva. Esta irregularidad afecta irremediablemente la validez y constitucionalidad de la repetida ley, por lo cual, en principio, la misma debe ser expulsada del ordenamiento legal".

El Tribunal Constitucional consideró que una sentencia de inconstitucionalidad con efectos inmediatos tendría un fuerte impacto negativo, por lo cual justificó que sea diferido en el tiempo los efectos de la decisión. De este modo, se le permitiría al Congreso llenar el vacío legislativo que produce la decisión del Tribunal.

Las últimas dos semanas han servido para que numerosos abogados, participando en redes sociales y escribiendo artículos para la prensa tradicional, expresen su parecer respecto a la oportunidad para la creación de una nueva ley que responda a expectativas y necesidades actuales del gremio.

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

La cultura jurídica dominicana ha estado cambiando a partir de la creación del Tribunal Constitucional. En el año 2010, el 26 de enero, mediante una nueva Constitución se crea por vez primera el Tribunal Constitucional como órgano supremo de interpretación y control de la constitucionalidad. En el año 2011, entra en vigencia la Ley 137-11, Gaceta Oficial 10622 del 15 de junio de 2011. Dicha ley Orgánica del Tribunal Constitucional y Procesos Constitucionales consolida legalmente el proceso para el establecimiento de un nuevo poder estatal: la justicia constitucional.

EVENTO

El lunes, 27 de enero de 2014, a las 11:00am, en la Sala Augusta de la Suprema Corte de Justicia tendrá lugar una Audiencia Solemne de Rendición de Cuentas con motivo de la celebración del segundo aniversario.

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