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Chile decidirá si quiere o no una nueva Constitución: lo que debes saber

25 de octubre de 2020
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Chile decidirá hoy, domingo, en un plebiscito nacional si se realizará o no una nueva constitución política.

Además, decidirán qué tipo de órgano deberá redactar la nueva constitución.

Las opciones son:

  1. una convención constitucional
  2. una convención constitucional mixta

Microjuris Chile preparó los puntos más importantes sobre el proceso electoral que llevará Chile, en medio de la pandemia por COVID-19.

ORIGEN

El plebiscito nacional fue convocado a partir de un acuerdo entre gran parte de los partidos políticos. Al acuerdo lo denominaron el «Acuerdo por la Paz Social y Nueva Constitución». Se anunció el 15 de noviembre de 2019, tras la crisis social iniciada el 18 de octubre de ese año.

La crisis social surgió a partir de un reclamo generalizado sobre el monto de las pensiones o jubilaciones y los servicios de salud.

En virtud del acuerdo, se formó una mesa técnica para el proceso constituyente integrada por siete personas del oficialismo y siete de la oposición.

La Ley N° 21.200 es la que establece el procedimiento para la elaboración de una nueva constitución de la república.

Esta ley convocó el plebiscito nacional para el día 26 de abril de 2020.

Sin embargo, la pandemia por COVID-19 provocó que se reprogramara la fecha establecida.

QUÓRUM

Ambas preguntas requerirán un quórum de mayoría absoluta.

RESULTADOS POSIBLES

En el caso de que Chile rechace el desarrollo de una nueva constitución, finalizará el proceso y el resultado de la votación sobre la segunda pregunta no tendrá efecto.

En cambio, si Chile aprueba el desarrollo de una nueva constitución, se iniciará el proceso de elaboración de una nueva constitución.

ETAPAS (si gana la nueva constitución)

El primer paso será que el presidente de la república convoque mediante decreto supremo a elección de los miembros de la Convención Mixta Constitucional o Convención Constitucional, según escoja el pueblo de Chile.

La convención que se elija se celebrará el día 11 de abril de 2021.

Una vez se elijan los miembros de la convención (mixta constitucional o constitucional), deberán elegir a un presidente y a un vicepresidente por mayoría absoluta de sus miembros.

La convención deberá redactar y aprobar una propuesta de nueva constitución en un plazo máximo de nueve meses, contados desde su instalación. El plazo podrá prorrogarse una sola vez y por tres meses.

Una vez redactada y aprobada la propuesta de nueva constitución o vencido el plazo y su prórroga, la convención se disolverá de pleno derecho.

El presidente de la república deberá convocar mediante decreto supremo a un plebiscito nacional constitucional para que la ciudadanía apruebe o rechace la propuesta de nueva constitución.

PARTICIPACIÓN

El voto en el plebiscito nacional constitucional para que la ciudadanía apruebe o rechace la propuesta de nueva constitución será obligatorio para quienes tengan domicilio electoral en Chile.

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SALUD PÚBLICA EN EL PLEBISCITO

El proceso plebiscitario integró una serie de puntos indispensables para prevenir el COVID-19.

  1. Los electores podrán llevar su propio lápiz pasta azul para votar y firmar el padrón de mesa.
  2. El horario de votación extendido será de 8:00 a.m. a 8:00 p.m.
  3. Existirá un horario exclusivo para personas de 60 o más años de edad: de 2:00 p.m. a 5:00 p.m.
  4. Se deberá acudir al local de votación sin acompañantes, a menos que se necesite asistencia para votar.
  5. Es obligatorio el uso de mascarilla en todo momento. Los electores sólo deberán retirar sus mascarillas durante tres segundos para que el presidente de mesa verifique su identidad.
  6. Se deberá higienizar las manos antes y después de votar con alcohol o gel desinfectante.
  7. Se deberán respetar las filas y mantener la distancia física de, a lo menos, un metro entre electores, vocales y todas las personas que se encuentren dentro y fuera de los locales de votación.
  8. Para evitar aglomeraciones al interior o en las afueras del local de votación, una vez que los electores hayan votado, deberán salir del lugar.
  9. Los electores que tienen 60 o más años de edad y sean designados como vocales de mesa por las Juntas Electorales podrán excusarse (normalmente la causal de excusa por edad es para quienes tienen 70 años o más).

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