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Aún pendiente legislación para desembolso de fondos de FEMA a agencias del gobierno

05 de noviembre de 2020
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Desde el 19 de octubre 2020, la gobernadora Wanda Vázquez Garced tiene ante su consideración la legislación que permitiría autorizar al secretario del Departamento de Hacienda a adelantar fondos —ascendentes a $750 millones— bajo programas de FEMA a las agencias gubernamentales, las corporaciones públicas y/o a municipios, mediante préstamos o adelantos de fondos.

La medida de administración, Resolución Conjunta de la Cámara 773, fue aprobada durante la última Sesión Extraordinaria.

¿Cómo se llevarían a cabo dichos desembolsos?

Para realizar estos desembolsos, se establecería un fondo rotatorio segregado conforme a aquellos términos, condiciones y requisitos que puedan establecerse en las guías o reglamentos emitidos por el Secretario y/o la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal de Puerto Rico (AAFAF), en coordinación con la Oficina Central de Recuperación, Reconstrucción y Resiliencia (COR3), y aprobados por la Junta de Supervisión Fiscal (la Junta) para la implementación del programa.

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Contexto

Este fondo rotatorio y la autorización para otorgar adelantos de recuperación expirarán el 30 de junio de 2025, y será financiado con setecientos cincuenta millones de dólares ($750,000,000.00) provenientes de fondos no obligados del gobierno depositados en la Cuenta Única de Tesorería (el TSA, por sus siglas en inglés), sobrantes de años anteriores, y/o balances no utilizados.

La AAFAF será la entidad responsable de administrar los adelantos de recuperación a nombre de Hacienda, conforme a las guías del programa, y sólo serán desembolsados una vez los fondos del proyecto estén obligados por FEMA.

Según la pieza legislativa, tanto AAFAF como Hacienda proveerán informes mensuales a la Junta con relación a:

  • La operación del programa
  • El estado de los proyectos financiados con adelantos de recuperación
  • Los balances pendientes de los adelantos de recuperación
  • Y el estado de los reembolsos de FEMA con relación al proyecto

La primera ejecutiva tiene 30 días desde la fecha en que le fue enviada la medida a su consideración. De lo contrario la medida sería vetada.

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