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Aseguran que la nueva Ley 52-2022 crea incertidumbre en la práctica de la notaría

01 de julio de 2022
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Por Valeria Alicea Guzmán

Tras el gobernador Pedro Pierluisi Urrutia firmar la nueva Ley 52-2022, que modifica el marco tributario relacionado al impuesto a las foráneas, el Colegio de Notarios de Puerto Rico expresó que la legislación ha creado incertidumbre en profesionales del derecho que practican la notaría.

«Dentro de esa ley hay una enmienda al Artículo 11, la Ley Notarial de Puerto Rico, donde se le impone al notariado unos requisitos adicionales al presentar la planilla informativa de traslado de bienes inmuebles. […] Esta enmienda a la ley lo que incorpora son tres requisitos adicionales para esa planilla: una tasación de la propiedad inmueble, un plano de mensura y un estudio de título», indicó el secretario del Colegio de Notarios de Puerto Rico, Manuel Pérez Caballer, en entrevista con Microjuris.

Descarga la Ley Núm. 52-2022 aquí

Según el expresidente de la entidad, la enmienda surge del Proyecto de la Cámara 827, que estaba relacionado con el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM), pero se aprueba bajo la Ley 52-2022. En una ponencia dirigida al  P. de la C. 827, el Colegio de Notarios de Puerto Rico sostuvo que el proyecto añadía unos requisitos de notificación bajo el Artículo 11 que, además de resultar onerosos, en múltiples ocasiones serían imposibles de cumplir.  

«Es importante señalar que lo único que se enmienda es el Artículo 11, que es el deber de informar esos datos en la planilla, pero no ha habido cambios al Código Civil, ni a la Ley Hipotecaria, la Ley Inmobiliaria relacionados a los requisitos para efectuar un negocio jurídico de compraventa. No hay como tal ningún otro cambio en la ley que diga que para que el negocio jurídico se efectúe tiene que existir una tasación, un ‘plot plan’«, agregó.

Asimismo, destacó que la controversia que existe entre los colegiados es cuál es la regla a seguir si, en una transacción de compraventa o de traslado de bienes, los documentos no existieran o no estuviesen disponibles. 

Por su parte, la directora ejecutiva del Colegio de Notarios de Puerto Rico, Virmarily Pacheco Rivera, explicó que hay situaciones en particular  que el negocio jurídico que implica el traslado de un bien inmueble no requiere una tasación o no requiere un plano de mensura. «El estudio de título siempre lo van a requerir porque el Tribunal Supremo ya se expresó con relación a eso para con nosotros los notarios», añadió. 

Consecuencias económicas

La licenciada también informó que la medida puede tener implicaciones económicas.

«Vamos a requerir que el notario haga un trabajo adicional que al final quien va a terminar pagando por ello va a ser el ciudadano. Por otro lado, el costo o consecuencia que pueda tener una tasación. Por ejemplo, en una compraventa que el notario requiera una tasación y resulte por debajo del precio que acordaron las partes», detalló Pacheco Rivera. 

Afirmó que la ley también impacta a otros profesionales como corredores de bienes raíces y a quienes laboran en la banca, «que van a requerir gastos adicionales para las partes». 

«En este momento, el Colegio, desde el punto de vista institucional, lo que ha hecho es  acercamientos con el Departamento de Hacienda y con la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN) para que aclaren el alcance de la medida. […] Nuestro llamado a Hacienda y a otras instituciones es que provean unas guías para que no se afecte el tráfico jurídico porque, en última instancia, esta incertidumbre lo que causa es que se detengan transacciones», manifestó Pérez Caballer. 

Con relación a las personas que ejercen la notaría, el licenciado recomendó que cada notaria y notario examine la ley, tome una decisión propia y esté al pendiente a la información que surja de la comunicación que tiene el Colegio con las instituciones.

En compás de espera

El Colegio de Notarios de Puerto Rico reconoció en un comunicado enviado a su matricula que la aprobación de la Ley 52-2022 creó interrogantes entre los notarios y las notarias.

Lee aquí el comunicado

«Reconocemos que existen múltiples interrogantes sobre el alcance de esta enmienda. Esta institución, comprometida con su matrícula, estará en comunicación directa con las agencias pertinentes (Hacienda, ODIN, Fortaleza), para aclarar las implicaciones de esta medida e informarles detalles adicionales sobre la implementación de esta», expresa la comunicación firmada por la directora ejecutiva del Colegio.

«Les recordamos que, aunque la vigencia de la ley es inmediata, se tiene hasta el 10mo día del mes siguiente del otorgamiento para la radicación de la Planilla en cuestión. Este término nos provee tiempo suficiente para informarles de cualquier instrucción que debamos conocer», aclaró Pacheco Rivera en la misiva.

El Colegio exhortó a sus colegiados y colegiadas a estar atentos a sus comunicaciones sobre el tema.

 

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