Aprueban excluir personas convictas de agresión sexual para consideración ante Junta de Palabra

25 de abril de 2024
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La Cámara de Representantes en su sesión legislativa del martes, 23 de abril, aprobó de forma unánime, y mediante el mecanismo de descargue, un proyecto de ley con el fin de enmendar el Código Penal de Puerto Rico, así como la Ley de la Junta de Libertad Bajo Palabra.

Se trata del Proyecto de la Cámara 2106, presentado por la representante, Jocelyne M. Rodríguez Negrón, que propone se excluyan a los convictos por los delitos de agresión sexual o pornografía infantil en todas sus modalidades, de la consideración de la Junta de Libertad Bajo Palabra para los privilegios que ésta concede.

Recordemos que el descargue es una facultad que tienen los cuerpos legislativos para traer de forma inmediata asuntos a su discusión sin trámite ulterior. (Art. III, Sec. 17 de la Constitución de Puerto Rico)

Conoce qué propone el Proyecto de la Cámara 2106

Reza la medida que al presente, la Ley 118-1974, tiene algunas excepciones para no cualificar para la consideración de la Junta de Libertad Bajo Palabra, como son los casos de personas convictas por asesinato en primer grado.

Sin embargo, expone que aunque también incluye a las personas convictas por agresión sexual o pornografía infantil, según definidos en la Ley 146-2012, en la misma no se aclara nada sobre el tratamiento de la ley con respecto a los agresores sexuales convictos bajo los códigos penales previos.

Por otra parte, el proyecto señala que en años recientes el país ha sufrido de un incremento en los casos de maltrato a la mujer, entre los que se encuentran casos de agresión sexual e incesto, y afirma que las estadísticas sobre dichos casos son alarmantes y cada día son más notorios, y a su vez, atroces.

«A través de los años, nuestro país ha sufrido un incremento en los casos de maltrato a la mujer. Entre ellos se encuentran los casos de agresión sexual e incesto que provocan secuelas permanentes en la vida de las víctimas. Los números son alarmantes y cada día son más las personas que sufren esta situación», expresó la autora de la pieza legislativa.

Rodríguez Negrón, quien a su vez es Presidenta de la Comisión de la Mujer, agregó además que «las víctimas, viven toda la vida con miedo y angustia de revivir la situación que de una forma u otra les cambia la vida para siempre. Además, estas personas se enfrentan a la realidad de las lagunas que existen en las leyes y crean ambigüedad en ciertos casos, como el aquí planteado».

«Entendemos el derecho de rehabilitación, sin embargo, debe prevalecer la seguridad de las víctimas. Debemos ser enfáticos y aunar esfuerzos dirigidos en evitar que otras mujeres puedan ser víctimas de estas personas que, en muchas ocasiones vuelven a cometer los mismos actos», declaró la propulsora de la medida.

A tales efectos, esta legislación tiene el propósito de que las personas convictas por delito de agresión sexual o pornografía infantil no puedan cualificar para la consideración de los diversos tipos de privilegios que se conceden por la Junta de Libertad Bajo Palabra.

El proyecto debe pasar ahora al Senado de Puerto Rico para su consideración.

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