» El futuro de la investigación legal está aquí OK

Aprobado proyecto para imponer sanciones más severas en casos de accidentes con ciclistas y peatones

16 de noviembre de 2013
COMPARTIR

Aprobado proyecto para imponer sanciones más severas en casos de accidentes con ciclistas y peatonesLa Cámara de Representantes aprobó un Proyecto de Ley esta semana para establecer como delito grave con pena fija de tres años de reclusión cuando un conductor de vehículo de motor que de forma imprudente o negligente cause daño a un peatón o ciclista y se dé a la fuga.

El Proyecto de la Cámara 1562 enmienda el Artículo 5.07 de la denominada "Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico y fija en $5,000 dólares la multa en estos casos y ordenar la suspensión de la licencia de conducir por un término no menor de cinco años; disponer que en caso de una segunda convicción bajo estas circunstancias, la pena será de multa no mayor de $10,000 y de reclusión por un término fijo de seis años. Además, establece que en los casos de una segunda convicción, al conductor se le revocará permanentemente la licencia o el permiso de conducir y todo privilegio de conducir concedido.


La Cámara también aprobó una medida para aumentar la penalidad a todo conductor involucrado en un accidente de tránsito que no detenga su vehículo en el lugar del accidente o cerca del mismo.

El Proyecto de la Cámara 1273 del representante Ángel Bulerín Ramos, dispone que la persona que incumpla con la "Ley de Vehículos de Tránsito de Puerto Rico" incurrirá en delito grave y la reclusión ser por un término fijo de tres años. La penalidad va más allá de la impuesta al momento de ser sancionado con pena de reclusión por un término no mayor de seis meses, pena de multa no mayor de $5,000, o ambas penas a discreción del Tribunal. Igualmente, se le revocará la licencia o permiso de conducir, así como todo privilegio concedido a un no residente que hubiere sido convicto por infracción a esta Ley.

La pieza sufrió una enmienda durante la discusión en el pleno cameral sometida por el representante Manuel Natal Albelo, para que se distingan los accidentes donde se cause daño a la propiedad y/o cause daño corporal o la muerte.

Powered by Microjuris.com