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Ante la gobernadora el proyecto para implementar la petición de Estadidad

26 de diciembre de 2020
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El Proyecto del Senado 1674 —que busca crear la Ley para Implementar la Petición de Estadidad del Plebiscito de 2020— está listo para salir hacia La Fortaleza, una vez la medida cuente con la firma del presidente del Senado y la firma del presidente de la Cámara de Representantes.

La medida, que fue también presentada en la cámara baja como el Proyecto de la Cámara 2605, establece una asignación anual de $1,250,000 a la Comisión para la Igualdad de Puerto Rico.

El presupuesto tiene como fin sufragar los gastos del funcionamiento, que serán consignados en un fondo rotatorio a partir de 1 de julio de 2021.

La medida le confiere al gobernador electo, Pedro Pierluisi, el poder de convocar una consulta electoral de estatus —mediante una orden ejecutiva— para ratificar el resultado del plebiscito que se celebró en las elecciones de 2020.

Descarga ambos proyectos:

Proyecto de la Cámara 2605

Proyecto del Senado 1674

El contexto de la medida

En las elecciones generales del 3 de noviembre de 2020, se añadió la papeleta que preguntaba si las personas que viven en Puerto Rico favorecían o no la estadidad para el hoy territorio.

Según los resultados de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), el «sí» obtuvo 623,053 votos para un 52% y el «no» obtuvo 567,346 votos, para un 48% de los 1,190,399 votos emitidos en la elección.

La medida legisaltiva, que fue radicada el 25 de noviembre de 2020 por la delegación del Partido Nuevo Progresista (PNP), y que se incluyó en esta séptima sesión extraordinaria, establece la política pública del gobierno para la implementación de la petición de estadidad para Puerto Rico.

La medida fue aprobada sin enmiendas por el Senado el 7 de diciembre con 18 votos a favor y 7 en contra, y por la Cámara de Representantes el 9 de diciembre con enmiendas de sala, con 28 votos a favor y 13 en contra.

En el proyecto se solicita que —de celebrarse una nueva consulta electoral con el fin de ratificar el resultado del Plebiscito 2020— se cuente con una papeleta que sea avalada por el Departamento de Justicia federal, para que se provean fondos federales durante la consulta.

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Según detalle la exposición de motivos de esta pieza legislativa, los principales propósitos de esta ley son:

  1. Establecer que las acciones y las gestiones dirigidas a hacer valer la petición de la estadidad por la mayoría absoluta de los electores en el Plebiscito de 3 de noviembre de 2020, constituye un fin público de la más alta prioridad y también un mandato del pueblo a su gobierno.
  2. Garantizar la protección del derecho fundamental protegido por la Primera Enmienda de la Constitución federal que tienen los ciudadanos americanos de Puerto Rico para reclamar al Gobierno federal la reparación del agravio que representa la actual condición territorial establecida hace 122 años.
  3. Autorizar al gobernador a tomar las medidas que sean necesarias dentro del marco de un «fin público» para hacer valer la voluntad electoral mayoritaria del Plebiscito de 2020.
  4. Implementar y apoyar los propósitos de la Ley 51 de 2020, conocida como «Ley para la Definición Final del Estatus Político de Puerto Rico», incluyendo la coordinación y la ejecución de la transición a la estadidad ordenada en esta.
  5. Fortalecer a la Comisión para la Igualdad de Puerto Rico, creada por la Ley 30 de 2017, para facilitar el cumplimiento de sus funciones y deberes legales.
  6. Establecer las reglas para agilizar y garantizar que el pueblo de Puerto Rico pueda volver a votar, en caso de ser necesario, para hacer valer su voluntad electoral expresada en el Plebiscito de 2020, incluyendo cualquier votación que sea necesaria para responder a cualquier petición, propuesta, respuesta o ratificación electoral relacionada con el estatus político de Puerto Rico que sea planteada o solicitada por una o ambas cámaras legislativas estadounidenses, el presidente de Estados Unidos o ambos.

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