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Supremo federal podría alinearse con la vacunación obligatoria

17 de agosto de 2021
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Por Daniel Rivera Vargas

En momentos en que hay numerosas batallas legales y sociales sobre el COVID-19, el profesor de derecho constitucional, Carlos Ramos González, explicó a Microjuris que el Tribunal Supremo de Estados Unidos (TSEU) podría mantener la distancia en lo relacionado a la vacunación obligatoria.

La interpretación del profesor surge luego de que el Tribunal Supremo de Estados Unidos denegara la petición de certiorari a estudiantes que se oponían a la política de vacunación obligatoria de la Universidad de Indiana.

No solo es que el alto foro federal rechazó intervenir, sino que la denegatoria vino de la jueza asociada Amy Coney Barrett, la última jurista nominada por el expresidente Donald Trump.

 

En el caso de Indiana, los estudiantes usaron una regla del Tribunal Supremo para que solamente fuera la jueza Coney Barrett quien decidiera si procedía o no el certiorari.

Para Ramos, quien ejerce como profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana de Puerto Rico (UIPR), la denegatoria al certiorari ocurre en un momento muy significativo.

El Supremo atendió otras controversias relacionadas al COVID-19, como cuando determinó en febrero que California no podía limitar la cantidad de personas en las iglesias, pero Ramos González entiende que en el tema de la vacunación parecería que tienen otras consideraciones.

«Hay más de 1,800 demandas relacionadas al COVID, las ordenes de emergencias, los lockdown. Creo que esta es muy importante porque desde el punto de vista de la vacunación, es lo más alto que ha llegado una demanda sobre este tema», dijo el profesor Ramos González.

El resultado envía un mensaje claro, según el profesor: que el alto foro entiende el impacto de la crisis de salud causada por el COVID-19.

«Creo que sí (el Supremo no intervendrá contra la vacunación obligatoria), por ahora, mientras dure la emergencia», dijo el profesor.

«Es una señal, no es una señal inequívoca ni mucho menos, pero es una señal de que (el movimiento antivacunas) seguirá cosechando derrotas judiciales en medio de la pandemia».

A la jueza Coney Barrett también se le hacía fácil no intervenir porque la decisión del juez de distrito en este caso, un escrito de 107 páginas, está «muy bien pensada, bien fundamentada», según Ramos.

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«En Estados Unidos va a ser así, la cosa está bien complicada en Estados Unidos, sobre todo en algunas partes. El estado de derecho es la opinión de 1905, Jacobson vs. Massachusetts... Los estados están obligados a proteger a su población. ¿Cómo el tribunal se va a meter en la situación de cada estado?», dijo el catedrático.

El profesor destacó que el juez de distrito de Indiana, Damon R. Leichty, también nombrado por Trump, contaba con una jurisprudencia que era muy favorable para la posición del estado y no la de los individuos.

Particularmente, bajo el caso Employment v. Smith. Es decir, la demanda de unos nativoamericanos que fueron sancionados por usar peyote cuando se trata de una sustancia que ellos requerían para sus prácticas religiosas.

Bajo esta decisión, se resolvió que cuando la ley es de carga general, los derechos de los individuos pueden quedar en segundo plano.

Esta decisión aplica a los estados, pero no a los territorios como Puerto Rico, dijo el profesor.

En Puerto Rico

Puerto Rico es una de las jurisdicciones en las que ya se han comenzado a ver demandas relacionadas a la vacunación obligatoria.

La primera demanda conocida se libró a nivel estatal, con sobre 300 personas demandantes. 

El juez del Tribunal de Primera Instancia (TPI), Alfonso Martínez Piovanetti, rechazó los argumentos de los demandantes, mientras que la segunda se presentó recientemente a a nivel federal, y aún no se ha resuelto.

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Ramos González dijo que esta demanda en Puerto Rico está, en gran parte del documento, «muy bien redactada», como por ejemplo en lo relacionado a libertad de culto.

En Puerto Rico, contrario al caso de los nativoamericanos, aplicaría la ley federal Religious Freedom Act, en la que si un reclamante alega una carga indebida a su ejercicio de libertad religiosa, el Estado debe proveerle un remedio, por lo que es posible que los demandntes prevalezcan al menos parcialmente en su caso.

«La causa de acción que se tiene en Puerto Rico es distinta a la de Indiana», sostuvo el profesor.

Aunque elogió la redacción del recurso, el profesor expresó cierta reserva con el recurso.

«Hay algo que me indigna, no lo digo en términos políticos, sino del corazón de la alegación: es bien norteamericana... El corazón de su reclamación es que en Puerto Rico no hay una emergencia, que si lo comparas con todo Estados Unidos, hay sitios en Estados Unidos donde está peor. Y plantear eso me parece que es indignante y me parece que hacer ese planteamiento en medio de los estragos de la variante delta, incluso con los vacunados, con los estragos que están ocurriendo. Si los casos no son más alto en Puerto Rico es porque aquí se actuó profilácticamente», dijo Ramos González.

Los datos del Departamento de Salud de Puerto Rico indican que la enfermedad ha matado en los pasados 18 meses a sobre 2,500 personas y la Universidad de John Hopkins divulga que la cifra de muertes en Estados Unidos ya asciende a 622,341.

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