» El futuro de la investigación legal está aquí OK

[DOCUMENTO] Amnistía de 60 días para el pago de multas

20 de abril de 2020
COMPARTIR

Visita nuestro Observatorio COVID-19 en Puerto Rico

La gobernadora de Puerto Rico Wanda Vázquez Garced convirtió en Ley Núm. 41-2020 al Proyecto de la Cámara 2431 que enmienda la Ley de Vehículos y Tránsito a fin de extender por un término de 60 días adicionales el plan de incentivos para el pago acelerado de multas acumuladas y renovación de licencias caducadas.

Síguenos en Twitter #eLegislativo

La Ley Núm. 134-2019, según enmendada, estableció un programa de incentivos para promover el pago acelerado de multas expedidas a las tablillas y licencias de conducir.

Según la Exposición de Motivos de la pieza legislativa que dio pie a esta ley, alrededor del 40% de los conductores en Puerto Rico manejan de forma ilícita sin su licencia de conducir ya que decidían no renovar la misma al no poder pagar el monto de las multas acumuladas como consecuencia de infracciones de tránsito.

La situación provocaba a su vez que la Administración de Compensaciones por Accidentes de Automóviles denegara la cubierta debido a que el conductor no poseía una licencia vigente al momento en que ocurría el accidente.

Con la firma de esta Ley Núm. 41-2020, se extenderá el incentivo que ya había sido otorgado para el pago acelerado de multas expedidas y así registradas a las tablillas y licencias de conducir, por concepto de infracciones incluyendo los intereses, recargos y penalidades.

La medida es en virtud de la Ley Núm. 22-2000, según enmendada, por un término de ciento cincuenta (150) días contados a partir de la vigencia del reglamento que se apruebe.

El proyecto legislativo fue radicado el 9 de marzo de 2020 y fue aprobado por la Cámara de Representantes el mismo día sin enmiendas.

Pasó al Senado el 12 de marzo donde fue aprobado con enmiendas de sala y el 26 de marzo ambos concurrieron con dichas enmiendas. La gobernadora Vázquez Garced lo firmó el 16 de abril de 2020, haciéndose efectiva inmediatamente.

¿Aún no estás suscrito(a) a Microjuris? Házlo aquí. ¿Necesitas cumplir con tus créditos de Educación Jurídica Continua? Házlo en nuestra sección de cursos en línea.

Powered by Microjuris.com