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Acciones disciplinarias contra abogados y notarios prescribirán luego de 3 años

18 de mayo de 2016
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Acciones disciplinarias contra abogados y notarios prescribirán luego de tres añosDescargar documento: Enmienda el Código Civil, Artí­culo 1868

Dispone que las acciones disciplinarias contra abogados por infracción a los Cánones de Ética Profesional prescribirán tras el transcurso de 3 años.

Reza la ley en su exposición de motivos:

Sin embargo, desde que se redactaron y se aprobaron los mencionados Cánones de Ética, nunca se ha delimitado el término de tiempo que se tiene para promover una acción disciplinaria contra un abogado. En ocasiones han pasado muchísimos años desde que han ocurrido unos hechos que pueden ser constitutivos de escrutinio disciplinario hasta que se radica la querella contra el jurista.

Esta vaguedad causa grave perjuicio contra el profesional del derecho porque puede darse el caso de que por el transcurso del tiempo, la evidencia necesaria para defenderse de una acción disciplinaria no esté disponible al momento de enfrentarse a ella. Del mismo modo, la ausencia de término prescriptivo para las querellas contra los juristas da paso a la presentación de acciones que pueden ser frívolas, producto de la mala fe de personas inescrupulosas.

Ante tal dilema, lo más propio es el término para la presentación de una querella disciplinaria contra un profesional del derecho finalice, o sea que prescriba.

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